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¿Tienes un billete de lotería compartido? Cada 22 de diciembre, familias, amigos o compañeros de trabajo comparten billetes del sorteo de la Lotería de Navidad, conocido como “El Gordo” de Navidad, con la esperanza de que su número resulte ganador. Pero, ¿Alguna vez te has preguntado qué puede suceder si te quedas con un billete de lotería compartido y decides no repartir el premio?

Compartir un billete de lotería con familiares, amigos o compañeros de trabajo es una práctica común en España, siendo la fecha del sroteo del gordo uno de los momentos más esperados del año. Sin embargo, cuando un boleto compartido resulta premiado, pueden surgir disputas que incluso derivan en denuncias penales. Quedarse con un billete de lotería compartido y no repartir el premio puede constituir un delito de apropiación indebida, según el Código Penal. Este artículo te explica qué hacer si te encuentras en esta situación y cómo afrontar las posibles consecuencias legales.

¿Qué es el delito de apropiación indebida en el contexto de la lotería?

El artículo 253 del Código Penal regula el delito de apropiación indebida. Si quieres conocer más a fondo sobre el delito de apropiación indebida puedes leer dos artículos en los que explicamos detalladamente el delito:

¿Cuándo se consuma el delito de apropiación indebida en la lotería?

En el caso de la lotería, el delito de apropiación indebida se consumará una vez se haya realizado el sorteo y resultado el boleto ganador. Para ello es necesario que se den estos dos requisitos:

  • En un primer momento, se confía a una persona la posesión o custodia del billete de lotería, quién tendrá que cobrar a la vez o repartir a partes iguales el premio una vez realizado el sorteo.
  • Una vez realizado el sorteo, si resulta que el boleto es premiado. La persona que tiene el billete en su custodia está legalmente obligado a compartir el premio según lo acordado. Si se niega a repartir el premio o lo cobra en su totalidad, estaría cometiendo un delito de apropiación indebida.

¿Por qué hay delito de apropiación indebida en la persona que se niega a compartir el premio del billete de lotería?

El elemento nuclear del delito de apropiación indebida es el abuso o quebrantamiento de la confianza depositada. Cuando compartimos un billete de lotería, le confiamos a otra persona que, si el boleto es premiado, tendrá que compartir el premio. Por lo que si se niega a hacerlo estaría quebrantando nuestra confianza y apropiándose de un dinero que nos pertenece.

Como el premio del Gordo de Navidad es dinero, quedarse con el dinero refleja un claro ánimo de lucro. Y las personas que no reciben la parte que le corresponden sufren un perjuicio patrimonial al no recibir la parte de premio que les corresponde. Por lo tanto se cumplen todos los elementos del delito de apropiación indebida.

 

Niños de San Ildefonso Loteria de Navidad

¿Quieres saber más sobre el delito de apropiación indebida?

 

 

¿Qué consecuencias tiene quedarse con un billete de lotería compartido?

Si has cobrado en su totalidad el premio de un billete de lotería compartido y no lo has repartido, podrías enfrentarte a las penas que establece el artículo 253 del Código Penal.

La pena por apropiación indebida si no compartes el premio de lotería podrían alcanzar las penas de prisión de 1 a 6 años cuando el valor de lo defraudado supere los 50.000€ o se cometiera con abuso de las relaciones personales.

Si hubieran compartido dos premios, y el valor defraudado superara los 250.000€ la pena por apropiación indebida por no compartir un billete de lotería podría alcanzar las penas de 4 a 8 años de prisión.

¿Cómo evitar problemas al compartir un billete de lotería?

Si planeas compartir un billete de lotería con amigos, familiares o compañeros de trabajo, es fundamental tomar precauciones para evitar malentendidos o posibles conflictos en caso de que el boleto resulte premiado. Aquí te dejamos una lista de consejos:

Formalizar el acuerdo por escrito puede ahorrarte muchos problemas en el futuro. Este documento, aunque no sea complejo, debe incluir información clara y detallada como:

  • Datos de los participantes: Nombres completos, DNI y cualquier dato que permita identificarlos de manera inequívoca.
  • Porcentaje de participación: Indica qué parte del billete y del premio corresponde a cada persona. Esto evita disputas sobre quién tiene derecho a qué.
  • Custodia del billete: Identificar quién será el encargado de custodiar el billete, cuyo compromiso será conservarlo en un lugar seguro y en buen estado. Establecer una cláusula de pérdida o destrucción, especificando cómo proceder
  • Reparto de premios: Establecer que los premios se repartirán conforme al porcentaje de participación acordado.
  • Procedimiento de cobro: Compromiso de ambas partes de acudir juntas a la oficina de Loterías y Apuestas del Estado para cobrar el premio. Mecanismos de cobro y pago: se puede especificar la forma en la que el custodio transferirá el importe correspondiente a la otra parte.
  • Método de pago: Lo más recomendable es que los pagos se hagan mediante transferencia bancaria. Esto crea un registro claro y verificable del reparto del premio. Evita los pagos en efectivo, ya que no dejan constancia y puede ser difícil demostrar que se realizó el pago.
  • Firma de las partes: Firma de todas las partes con fecha del acuerdo, a poder ser digital. En caso de ser manuscrita asegurarse de que coincide con la firma que aparece en el DNI.
  • Firma en el reverso del boleto: Una forma de acreditar que el billete de lotería es compartido es firmar cada una de las partes en la parte trasera.
  • Haz una fotocopia o fotografía del billete. Si es posible con el nombre y DNI de cada participante.

Casos reales sobre apropiación indebida en premios de lotería

Los tribunales españoles han resuelto numerosos conflictos relacionados con billetes de lotería compartidos. Estos son algunos casos destacados:

Caso Feliciano y Eloy (Audiencia Provincial de Badajoz, 2022)

Feliciano y Eloy compartían un billete que resultó premiado con 400.000 euros. Feliciano, depositario del billete, cobró el premio y transfirió el dinero a las cuentas de sus hijas, ignorando el acuerdo con Eloy. Fue condenado a 1 año y 6 meses de prisión, multa de 8 meses e indemnización a Eloy por 164.000 euros. La fotocopia firmada del billete fue clave para probar el pacto de reparto.

El lotero de Madrid (Tribunal Supremo, STS 501/2013)

Un lotero en Madrid sustituyó un boleto premiado con 480.000 euros por otro de menor valor. Posteriormente, intentó destruir el boleto falso frente a la policía. Fue condenado por apropiación indebida consumada a 2 años de prisión y una multa de 9 meses. Los tribunales destacaron que el boleto es un título valor, transmisible con la simple posesión.

Caso Balbino y Bernabé (ATS 1038/2022)

Dos amigos compartieron un billete que fue premiado con 100.500 euros. Balbino, quien custodiaba el billete, cobró el premio completo y se negó a repartirlo. Fue condenado a 1 año y 1 día de prisión e indemnización por 50.250 euros. La firma en el reverso del billete y los testimonios de testigos fueron determinantes para probar el acuerdo.

Caso Cosme (STS 219/2007)

Cosme, miembro de una peña, cobró íntegramente un premio de 6.000.000 euros y negó la existencia del acuerdo de reparto. Fue condenado a 2 años de prisión. El tribunal destacó que el boleto implicaba una copropiedad proindiviso, lo que obligaba al reparto entre los participantes.

Caso  Pura (STS 600/2019):

Pura gestionaba la compra de billetes para un grupo. En 2014, un décimo recibió un premio especial de 1.170.000 euros, que Pura cobró alegando que no existía pacto sobre la asignación de fracciones. Aunque la Audiencia Provincial de Alicante la condenó, el Tribunal Supremo la absolvió al considerar que no había pruebas de un acuerdo específico sobre el premio especial. No obstante, dejó abierta la posibilidad de una reclamación civil por parte de los perjudicados.

Conclusión: si compartes un billete de lotería, formaliza un acuerdo por escrito

Compartir un billete de lotería puede ser emocionante, pero también conlleva riesgos si no se establece un acuerdo previo desde el principio. La mejor forma de evitar conflictos es formalizar un acuerdo por escrito, donde se detallen las condiciones de participación y reparto. Este simple paso protege a todas las partes implicadas y previene malentendidos que puedan derivar en problemas legales.

Si te encuentras en una situación complicada relacionada con billetes de lotería compartidos, ya sea como acusado o como perjudicado, contar con un abogado penalista especializado puede resultar de vital importancia.

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En nuestro despacho de abogados, contamos con amplia experiencia en la defensa penal en casos de apropiación indebida.

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