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abogado penalista en Madrid

Abogado de Delito de Amenazas y Coacciones en Madrid

Defensa especializada en amenazas, coacciones, chantaje, detención ilegal y secuestro. Abogado penalista en Madrid con experiencia en delitos contra la libertad.

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Abogado penalista en Madrid especializado en delitos de amenazas y coacciones

Si has sido víctima o te enfrentas a una acusación por amenazas o coacciones, es importante contar con un abogado que conozca bien este tipo de procedimientos penales. Los delitos contra la libertad pueden tener consecuencias importantes, tanto a nivel personal como jurídico, por lo que una defensa técnica adecuada desde el primer momento resulta fundamental. Situaciones como el chantaje, la intimidación reiterada o las amenazas condicionales requieren una intervención jurídica inmediata para proteger tus derechos.

En nuestro bufete de abogados en Madrid, dirigido por el abogado penalista Víctor Ávila, defendemos a personas investigadas o acusadas por delitos contra la libertad, como amenazas, coacciones, detención ilegal o secuestro.

Cada caso requiere un análisis individualizado y una estrategia jurídica concreta. Nuestro trabajo consiste en estudiar los hechos, analizar las pruebas existentes y construir una defensa sólida que proteja tus derechos durante todo el procedimiento penal.

Si necesitas denunciar una situación de amenazas o defenderte frente a una acusación, contar con un abogado de amenazas en Madrid especializado en delitos contra la libertad puede marcar la diferencia en el resultado del procedimiento.

¿Cómo te puede ayudar un abogado en un delito de amenazas?

El delito de amenazas se encuentra regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal. Las amenazas consisten en intimidar a alguien con causar un mal a su persona, bienes o familia. Existen diferentes tipos de amenazas:

  • Amenazas condicionales: Se condiciona la ejecución del mal a que la víctima cumpla una exigencia.
  • Amenazas no condicionales: No hay ninguna condición establecida.

Dependiendo de la gravedad de los hechos y de las circunstancias del caso, el procedimiento penal puede tramitarse mediante juicio rápido o mediante diligencias previas. Contar con un abogado penalista en Madrid experto en delitos de amenazas permite analizar correctamente la situación y preparar la defensa adecuada.

Penas por delito de amenazas en España

El Código Penal establece distintas penas en función del tipo y la gravedad de las amenazas:

  • Amenazas graves no condicionales (art. 169 CP): penas de prisión de 1 a 5 años cuando se amenaza con causar un mal constitutivo de delito grave (homicidio, lesiones, incendio, torturas, contra la libertad sexual, etc.).
  • Amenazas graves condicionales (art. 169 CP): penas de prisión de 1 a 5 años, pudiendo ser superiores si la condición impuesta consiste en una cantidad económica o recompensa.
  • Amenazas leves (art. 171 CP): penas de multa de 6 a 12 meses. Si se dirigen contra la pareja o ex pareja, las penas se agravan con prisión de 6 meses a 1 año.
  • Chantaje o amenaza de revelar hechos (art. 171.2 CP): cuando la amenaza condicional consiste en revelar información que pueda perjudicar la reputación o intereses de la víctima, las penas pueden alcanzar prisión de 2 a 4 años.

La calificación penal depende de las circunstancias concretas de cada caso. Un abogado especialista en amenazas puede analizar los hechos y determinar la estrategia de defensa más adecuada.

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COMPROMETIDOS CON TU DEFENSA

ASISTENCIA AL DETENIDO

Delito de coacciones

El delito de coacciones se encuentra regulado en el artículo 172 del Código Penal. Coaccionar consiste en obligar a otra persona, mediante fuerza o intimidación, a realizar algo en contra de su voluntad o a impedirle ejercer un derecho legítimo. El delito de coacciones en el Código Penal tiene como objetivo proteger la libertad de acción y voluntad de las personas.

Penas por delito de coacciones

El artículo 172 del Código Penal establece las siguientes penas para el delito de coacciones:

  • Coacciones básicas (art. 172.1 CP): pena de prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses, en función de la gravedad de la coacción y los medios empleados.
  • Coacciones leves (art. 172.3 CP): pena de multa de 1 a 3 meses. Si la víctima es la pareja o ex pareja, la pena se agrava a prisión de 6 meses a 1 año.
  • Coacciones a la huelga o libertad sindical: constituyen un tipo agravado con penas superiores.

La diferencia entre coacciones y amenazas puede ser muy sutil en la práctica. Un abogado experto en coacciones debe analizar cuidadosamente los hechos para determinar la calificación jurídica correcta y diseñar la defensa más eficaz.

Delito de acoso o stalking

El delito de acoso o stalking se encuentra regulado en el artículo 172 ter del Código Penal, introducido por la reforma de 2015. Este delito incluye conductas como perseguir o vigilar a una persona de manera insistente y reiterada, lo que genera una grave intromisión en su libertad. También se incluyen conductas como intentar establecer contacto con la víctima a través de cualquier medio de comunicación, usar indebidamente sus datos personales o atentar contra su libertad o patrimonio.

Las penas por el delito de stalking van de 3 meses a 2 años de prisión o multa de 6 a 24 meses. Si la víctima es especialmente vulnerable o se trata de la pareja o ex pareja, las penas se agravan. Además, el juez puede imponer una orden de alejamiento como medida cautelar o como parte de la sentencia.

Delito de detención ilegal y secuestro

El delito de detención ilegal, regulado en el artículo 163 del Código Penal español, consiste en privar a una persona de su libertad de movimiento sin que medie una causa legal que lo justifique. Se trata de una infracción grave que atenta contra el derecho fundamental a la libertad personal, protegido por la Constitución Española.

Modalidades de Detención Ilegal:

  1. Secuestro: La detención incluye el uso de amenazas, violencia o una solicitud de rescate para liberar a la víctima.
  2. Detención simple: No se exige rescate ni se ejerce violencia, pero la libertad de la persona es restringida de manera injustificada.

Si te enfrentas a una acusación por detención ilegal o secuestro, es imprescindible actuar con asesoramiento penal especializado desde el primer momento. Conoce también cómo es un juicio penal en España para entender las fases del procedimiento.

Persona que señala con mirada desafiante puede ser delito de amenazas

Especialistas en defensa en juicio rápido por amenazas

Muchos procedimientos por delitos de amenazas se tramitan mediante juicio rápido, especialmente cuando el presunto autor es detenido en el acto o la investigación resulta sencilla. El juicio rápido se caracteriza por su inmediatez: desde la detención hasta la celebración del juicio pueden pasar tan solo unas horas.

En un juicio rápido por amenazas, contar con un abogado penalista desde el primer momento es determinante. Las decisiones que se toman en las primeras horas del procedimiento condicionan el resultado final:

  • Asistencia en declaración policial: el abogado asesora al investigado sobre su derecho a guardar silencio y la estrategia a seguir en comisaría.
  • Declaración ante el Juzgado de Guardia: preparación de la declaración del investigado ante el juez instructor.
  • Conformidad o juicio oral: análisis de si conviene alcanzar una conformidad con el Ministerio Fiscal o si es preferible ir a juicio oral para conseguir la absolución.
  • Medidas cautelares: defensa frente a posibles órdenes de alejamiento u otras restricciones que puedan imponerse.

Si te han detenido o citado por un delito de amenazas y te enfrentas a un juicio rápido, es fundamental que un abogado penalista en Madrid revise tu caso de inmediato para preparar la mejor defensa posible.

OPINIONES DE CLIENTES

Opiniones reales de clientes del despacho tras contratar nuestros servicios como abogados penalistas en Madrid.

Áreas relacionadas con amenazas, coacciones y honor

El despacho también interviene en delitos cercanos al ámbito de las amenazas y coacciones: protección del honor, intimidad del domicilio y daños patrimoniales.

Calumnias e injurias

Arts. 205-216 CP. Atribución de hechos falsos y expresiones que lesionan la dignidad.

Injurias en redes sociales

Difusión por Twitter, Facebook, Instagram. Publicidad agravada y responsabilidad civil.

Allanamiento de morada

Art. 202 CP. Entrada contra la voluntad. Pena 6 meses-2 años + multa.

Delito de daños

Art. 263 CP. Destrucción o deterioro de bienes ajenos. Modalidades agravadas.

Coacciones

Art. 172 CP. Impedir a otro hacer lo que la ley no prohíbe con violencia.

Abogado penalista en Madrid para delitos de amenazas y coacciones

Los procedimientos por amenazas, coacciones o delitos contra la libertad pueden tener consecuencias importantes, tanto penales como personales. Por ello, es fundamental contar con una defensa técnica adecuada desde el inicio del procedimiento.

En nuestro bufete de abogados en Madrid, analizamos cada caso con rigor jurídico para determinar:

  • Si los hechos encajan realmente en el tipo penal denunciado
  • Si existen pruebas suficientes para sostener la acusación
  • Qué estrategia de defensa resulta más adecuada

Si has sido denunciado por amenazas o coacciones, o necesitas asesoramiento jurídico para denunciar una situación de este tipo, puedes ponerte en contacto con nuestro despacho. Un abogado penalista en Madrid especializado en delitos contra la libertad puede estudiar tu caso y ayudarte a afrontar el procedimiento con la estrategia jurídica adecuada.

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