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abogado penalista en Madrid

ABOGADO CONDUCCIÓN BAJO LOS EFECTOS DE LAS DROGAS EN MADRID

Como abogado especialista en defensa por conducción bajo los efectos de las drogas en Madrid, asumo la defensa en procedimientos del artículo 379.2 del Código Penal. Una imputación por conducir bajo los efectos de drogas tóxicas o estupefacientes conlleva prisión, multa, retirada del permiso y antecedentes penales. La defensa exige discutir el resultado del test salival, la cadena de custodia y la afectación real a la conducción.

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Defensa penal en conducción bajo drogas: actuación desde el control

La conducción bajo los efectos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas se regula en el artículo 379.2 del Código Penal. La prueba se inicia habitualmente con test salival indiciario en control de Tráfico y se confirma con análisis de laboratorio sobre muestra biológica.

Penas por conducción bajo drogas

  • Conducción con drogas o psicotrópicos (art. 379.2 CP): prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad, y retirada del permiso de 1 a 4 años.
  • Concurso con conducción temeraria (380 CP) si concurre maniobra de alto riesgo.
  • Concurso con lesiones u homicidio imprudente si hay accidente con resultado.

Test salival, análisis sanguíneo y afectación a la conducción

El procedimiento típico: test salival indiciario en control (Drogotest, Dräger). Si da positivo, se requiere analítica de confirmación (sangre, orina). El tipo penal exige no solo presencia de la sustancia, sino afectación real a la conducción: la jurisprudencia del Tribunal Supremo lo ha reiterado. La presencia residual sin afectación funcional puede excluir el delito.

¿Cuándo necesitas un abogado penalista de conducción bajo drogas?

Como abogados de conducción bajo los efectos de las drogas en Madrid, asumimos la defensa en procedimientos por test positivo y analítica:

  • Conductores detenidos en control rutinario de Tráfico con test salival positivo
  • Investigados tras accidente de tráfico con resultado de drogas positivo en sangre
  • Casos de consumidores residuales (THC) sin afectación funcional acreditada
  • Procedimientos con discordancia entre test indiciario y analítica de confirmación
  • Concurrencia con lesiones imprudentes, homicidio imprudente o conducción temeraria

En conducción bajo drogas, la prueba pericial sobre afectación funcional es decisiva: la mera presencia no equivale a delito.

Cómo trabajamos la defensa en un procedimiento por conducción bajo los efectos de las drogas

Cada fase requiere una intervención estratégica distinta:

  1. Asistencia al investigado o detenido (24h)

Acompañamiento en sede policial, judicial o de Fiscalía. Preparación de la declaración y revisión de las diligencias practicadas.

  1. Fase de instrucción

Examen del expediente, diligencias de descargo, periciales y solicitudes ante el Juzgado de Instrucción.

  1. Fase intermedia y juicio oral

Escrito de defensa, impugnación de la acusación, proposición de prueba y juicio oral ante el Juzgado de lo Penal o la Audiencia Provincial.

  1. Recursos

Apelación, casación ante el Tribunal Supremo y, en su caso, amparo ante el Tribunal Constitucional.

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COMPROMETIDOS CON TU DEFENSA

ASISTENCIA AL DETENIDO

Modalidades de conducción bajo drogas en las que intervenimos

Test salival positivo

Detección en control de Tráfico (Drogotest, Dräger). Defensa de la fiabilidad del test indiciario.

Analítica de sangre

Confirmación de laboratorio. Análisis cuantitativo de THC, cocaína, MDMA, anfetaminas, opiáceos.

THC residual

Consumidor habitual de cannabis con presencia residual sin afectación funcional. Defensa específica.

Concurso temeraria

Conducción bajo drogas con maniobra peligrosa: concurso con arts. 380-381 CP.

Concurso con accidente

Con lesiones u homicidio imprudente: concurso real con arts. 142 y 152 CP.

Negativa a la prueba

Concurrencia con negativa a la prueba (art. 383 CP) si el conductor se niega al test.

¿Qué estrategias de defensa aplicamos?

AUSENCIA DE AFECTACIÓN FUNCIONAL
La jurisprudencia del Tribunal Supremo exige no solo presencia de la sustancia, sino afectación real a la conducción. Si el atestado no documenta signos externos de afectación (mirada perdida, descoordinación, lenguaje pastoso) y la conducta de conducción era normal, falta la afectación típica.
CADENA DE CUSTODIA
Verificamos la cadena de custodia de la muestra biológica: identificación, sellado, traslado al laboratorio, conservación, análisis. Cualquier rotura de la cadena permite impugnar el resultado.
CALIBRACIÓN DEL TEST INDICIARIO
Solicitamos el certificado de calibración del Drogotest o Dräger. Equipos con calibración caducada o sin verificación periódica producen resultados no fiables.
PERICIA TOXICOLÓGICA
Pericial contradictoria sobre la cuantificación de la sustancia: el umbral de detección no equivale a umbral de afectación. Argumentamos consumo residual o histórico sin efectos funcionales.
AUSENCIA DE INDICIOS PREVIOS
Si el control fue puramente aleatorio sin indicios previos de conducción anormal, la defensa se centra en la afectación funcional al momento de la conducción.
CONFORMIDAD CON MULTA O TBC
Cuando la prueba es robusta, conformidad con multa o trabajos en beneficio de la comunidad evita la pena de prisión y permite la suspensión de la ejecución.

¿Qué hacer si te detectan positivo por drogas conduciendo?

Si has dado positivo en un control salival o en analítica tras un accidente:
  • No declares sin abogado
  • Solicita copia del atestado, del test indiciario y de la analítica de confirmación
  • Solicita certificado de calibración del aparato del control
  • Conserva cualquier prescripción médica que justifique presencia de sustancia

¿Es delito conducir con THC residual sin haber consumido recientemente?

Depende de la afectación funcional. La jurisprudencia del Tribunal Supremo exige no solo presencia de la sustancia sino afectación real a la conducción. El THC residual sin signos de afectación puede no integrar el delito del art. 379.2 CP.

¿Qué pasa si me niego a hacer el test salival?

La negativa a someterse al test salival o a la analítica posterior es delito autónomo del art. 383 CP, con pena de prisión de 6 meses a 1 año, multa e inhabilitación para conducir de 1 a 4 años. Es importante valorar las opciones antes de negarse.

¿Una receta médica justifica la presencia de psicotrópicos?

La prescripción médica con consumo en dosis terapéuticas y sin afectación funcional excluye normalmente el delito. Aportar receta, prospecto y dosis pautadas es fundamental.

¿Qué pena tiene la conducción bajo drogas?

Art. 379.2 CP: prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad, más retirada del permiso de conducir de 1 a 4 años. Para primarios sin antecedentes la prisión suele sustituirse o suspenderse.

¿Cuál es el plazo de prescripción?

Como delito leve con pena máxima inferior a 1 año: 1 año de prescripción (art. 131 CP). El cómputo se interrumpe con la dirección del procedimiento.

¿Por qué elegir un abogado especialista en conducción bajo drogas en Madrid?

La conducción bajo los efectos de las drogas es un delito eminentemente probatorio. La defensa requiere conocimiento del procedimiento técnico (test salival, analítica de confirmación, cuantificación) y de la jurisprudencia sobre afectación funcional. Un abogado generalista puede no manejar la cadena de custodia ni los criterios sobre consumo residual.

En este despacho asumimos defensa con asistencia 24 horas en sede policial y trabajo con peritos toxicólogos desde la primera diligencia.

Este servicio forma parte de la defensa especializada en defensa penal en seguridad vial.

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