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abogado penalista en Madrid

Abogado Especialista de Delito de Lesiones en Madrid

Abogado penalista especializado en delitos de lesiones. Defensa de víctimas y acusados.

abogado delito de lesiones madrid

Abogado penalista en Madrid especializado en delitos de lesiones

¿Has sido victima de un delito de lesiones? Si has sido victima de una agresión física, entiendo perfectamente como te sientes. Durante mi primer año de carrera, sufri una agresión a la salida de una discoteca que necesito intervención quirurgica. Esa experiencia marco mi forma de entender la defensa penal y mi compromiso con cada cliente.

Como abogado de agresiones en Madrid, ofrezco asistencia legal tanto a victimas como a personas acusadas de delitos de lesiones, una de las figuras centrales de los delitos contra las personas. Cada caso exige un enfoque distinto, pero en ambos es imprescindible contar con un abogado especialista en lesiones que conozca a fondo la tipología penal y la práctica de los tribunales madrileños.

¿Qué hacer si has sido denunciado?

Si te han denunciado por un delito de lesiones, sé que puede resultar una experiencia abrumadora. A veces, la vida puede dar giros inesperados, y una decisión impulsiva puede derivar en un problema legal. Nadie está exento de cometer un error; somos humanos y todos, en algún momento, podemos equivocarnos.

Lo importante ahora no es mirar atrás con culpa, sino avanzar con firmeza. Estoy aquí para escucharte, sin juzgarte, y para defender tus derechos con la profesionalidad y la empatía que mereces. Nadie debería enfrentarse a un proceso penal solo. Permíteme ser el apoyo que necesitas para afrontar este momento difícil y encontrar una solución justa. Por eso, no dudes en contactarnos: somos abogados expertos en delitos de lesiones y podemos ayudarte a entender cada paso del proceso.

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COMPROMETIDOS CON TU DEFENSA

ASISTENCIA AL DETENIDO

¿Que es el delito de lesiones?

El delito de lesiones está regulado en los artículos 147 y siguientes del Código Penal español. Comete este delito quien, por cualquier medio o procedimiento, causa a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental. La gravedad de la lesión y el medio empleado determinan la calificación penal y la pena de prisión o multa aplicable. Como abogado de delito de lesiones en Madrid, analizo cada caso desde la óptica del derecho penal para determinar la calificación jurídica correcta y diseñar la estrategia más adecuada.

Lesiones leves (art. 147.2 y 147.3 CP)

Las lesiones leves son aquellas que no requieren tratamiento médico o quirurgico mas alla de una primera asistencia. Estan castigadas con pena de multa de 1 a 3 meses. Dentro de esta categoría se incluyen los golpes y maltratos de obra que no causan lesión (art. 147.3), así como las lesiones de menor gravedad que solo precisan una primera atención facultativa.

Lesiones graves (art. 147.1 CP)

El tipo básico del delito de lesiones requiere que la victima haya necesitado, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirurgico continuado. La pena es de prisión de 6 meses a 3 anos.

La jurisprudencia ha establecido que se considera tratamiento médico:

  • Fracturas oseas que requieran inmovilización, reducción o intervención quirurgica.
  • Heridas que necesiten sutura o puntos de aproximación.
  • Lesiones que exijan rehabilitación funcional posterior.
  • Tratamiento farmacologico continuado mas alla de simples analgesicos.

Lesiones muy graves (art. 149 y 150 CP)

Las lesiones muy graves conllevan la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, de un sentido, impotencia, esterilidad, grave deformidad o grave enfermedad somática o psíquica. Están castigadas con penas de prisión de 6 a 12 años.

El artículo 150 contempla las lesiones que causan la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal, o la deformidad, con penas de 3 a 6 años de prisión. La calificación depende del informe médico-forense, que resulta determinante en estos procedimientos.

Lesiones imprudentes (Art. 152 CP):

Las lesiones causadas por imprudencia grave se castigan con penas de prisión o multa, dependiendo de la gravedad del resultado. Se producen con frecuencia en el ámbito del tráfico rodado, la actividad deportiva y el ejercicio profesional.

Circunstancias Agravantes

El artículo 148 del Código Penal contempla agravantes que incrementan las penas:

Delito leve de lesiones y maltrato de obra (art. 147.3 CP)

No toda agresión deja una lesión que requiera tratamiento médico. El maltrato de obra —golpear o agredir a otra persona sin causarle una lesión— y las lesiones de menor entidad constituyen un delito leve de lesiones, castigado con pena de multa. Estos casos suelen resolverse por la vía del juicio rápido o del juicio por delitos leves y, salvo excepciones, solo son perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada.

Lesiones por riña tumultuaria (art. 154 CP)

Quienes riñeren entre sí acometiéndose tumultuariamente y utilizando medios o instrumentos que pongan en peligro la vida o integridad de las personas son castigados conforme al artículo 154 del Código Penal. La riña tumultuaria plantea problemas probatorios complejos —identificar quién causó cada lesión—, por lo que la estrategia de defensa resulta decisiva.

Lesiones consentidas (art. 155 y 156 CP)

Cuando media el consentimiento válido, libre y expreso de la víctima, la pena se atenúa (artículo 155 del Código Penal). El artículo 156 regula supuestos específicos como el trasplante de órganos, las esterilizaciones o la cirugía transexual. Son lesiones consentidas con un tratamiento penal particular que conviene valorar caso por caso.

Proceso judicial en casos de lesiones

El procedimiento penal por delito de lesiones sigue varias fases que un abogado de lesiones en Madrid debe gestionar con rigor desde el primer momento:

  1. Denuncia y atestado policial: recogida de la declaración de la victima, testigos y, en su caso, del agresor. Es fundamental que la victima acuda a un centro sanitario para obtener el parte de lesiones.
  2. Abogado para la fase de instrucción: el Juzgado de Instrucción investiga los hechos, solicita informes médico-forenses y práctica las diligencias necesarias.
  3. Informe médico-forense: determina la naturaleza de las lesiones, el tratamiento requerido, los días de curación y las posibles secuelas. Este informe es la prueba central del procedimiento.
  4. Juicio oral: práctica de pruebas, declaraciones y conclusiones ante el juez.
  5. Sentencia e indemnización: si se acredita el delito, la sentencia fija la pena y la responsabilidad civil, que incluye la indemnización por las lesiones sufridas, días de curación y secuelas.

Tanto si eres victima como si estas acusado, contar con un abogado de agresiones en Madrid desde la fase inicial es determinante. Si el delito se produce en el ambito de la pareja, consulta también nuestra pagina sobre lesiones por violencia de género o domestica.

Indemnización por un delito de lesiones en Madrid

Si has sido víctima de un delito de lesiones, además de la condena penal del agresor tienes derecho a una indemnización por la responsabilidad civil derivada del delito. Como abogado de lesiones en Madrid, reclamo la reparación íntegra del daño sufrido:

  • Días de curación, con o sin perjuicio para tu actividad habitual.
  • Secuelas, valoradas conforme al baremo aplicado de forma orientativa.
  • Gastos médicos, farmacéuticos y de rehabilitación.
  • Daño moral derivado de la agresión.

La cuantía se fija a partir del informe médico-forense, por lo que es clave documentar las lesiones desde el primer parte médico. Tanto en una reclamación por lesiones leves como en lesiones graves, cuanto antes intervenga tu abogado, mejor se preserva la prueba. Conoce el detalle en mi página sobre la indemnización por delito de lesiones.

OPINIONES DE CLIENTES

Opiniones reales de clientes del despacho tras contratar nuestros servicios como abogados penalistas en Madrid.

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Alfonso Nishikawa
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No hay nada tan angustioso como ser acusado siendo inocente. No puedo dejar de recomendar a Víctor, que es un gran profesional. Tiene mucha paciencia, sensibilidad yb es cercano con clientes como yo que no tenemos ni idea de cuestiones jurídicas, incluso cuando le venimos con ideas peregrinas o metemos la pata en la declaración de instrucción; ha sido un gran apoyo tenerlo en persona al lado. Se nota que sabe de del tema, y acierta con todo lo que indica. Y no todos los días se tiene el honor de tener un abogado con Matrículas de Honor! 100% recomendado
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facu lopez
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He contratado los servicios de Víctor y todo ha salido muy bien. Es un abogado serio, profesional y atento, que transmite confianza y explica las cosas con claridad. Estoy muy satisfecho con el trato recibido y con el resultado. Lo recomiendo.
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Romina Bermudez
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Rapidez en la respuesta. Honestidad y calidez humana. Altamente recomendable
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EULALIA BITRIAGO APONTE
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Excelente profesional, te explica con toda la claridad del caso consulta. Recomendado el 100%
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Antonio Diaz Garcia
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Estoy muy satisfecho con el trabajo de Víctor Demuestra un gran conocimiento,es resolutivo y muy eficaz en su labor.Gracias a su esfuerzo y estrategia logramos logramos un resultadoexcelente en mi caso.Un trato impecable y 100 %profesonal
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Eva
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Soy abogada pero no especialista en penal por lo que decidí contratar los servicios de Víctor para un asunto de un familiar. No puedo expresar mi gratitud por la atención, sensibilidad y disponibilidad con la que nos ha atendido. Recomiendo totalmente a Víctor para asuntos tan sensibles como estos.
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Carla Barreto
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Víctor es un abogado penalista excepcional. Desde el primer momento se nota que es un hombre que apunta a ganar: audaz, estratégico y decidido en cada paso del proceso. A la vez, tiene una mucha empatía; sabe escuchar, comprender la situación y transmitir tranquilidad incluso en los momentos desagradables. Su profesionalidad, seguridad y compromiso con sus clientes lo hacen totalmente recomendable. Gracias Víctor!
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BERNARDO DIAZ AGUILERA profile picture
BERNARDO DIAZ AGUILERA
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Su trabajo es de primera Te aconseja Te escucha Y resuelve Me ha conseguido dos absoluciones y un archivo EL MEJOR ABOGADO PENALISTA DE MADRID Gracias Victor
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Yolanda Álvarez
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Aún no soy capaz de digerir lo que ha pasado pero lo explicaré sin duda más adelante Muchas gracias Victor
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Yang C.
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Estaba buscando un abogado penalista que pudiera ayudarme con un asunto importante que llevaba arrastrando desde hace años, y la experiencia ha sido muy positiva. Me asesoró con claridad, resolvió todas mis dudas y planteó distintas estrategias, defendiendo mis derechos en todo momento. Además, la comunicación fue rápida y eficaz, algo que se agradece mucho cuando estás en una situación así.

Abogado de agresiones en Madrid

Una agresión física puede derivar en un delito de lesiones o en un delito leve que conviene atajar cuanto antes. Atiendo a quienes buscan un abogado de agresiones en Madrid tanto para denunciar como para defenderse de una acusación, incluidas las lesiones personales sufridas en peleas, locales de ocio o en la vía pública.

Si buscas un abogado de lesiones cerca de ti en Madrid, trabajo ante todos los juzgados de la Comunidad de Madrid y estudio personalmente cada caso. Cuando la agresión se cometió en defensa propia, te interesa mi análisis sobre la legítima defensa; si el resultado fue más grave, consulta también mis páginas sobre homicidios y asesinatos y sobre el homicidio imprudente.

Preguntas frecuentes sobre el delito de lesiones

¿Qué pena tiene un delito de lesiones?

El tipo básico del artículo 147.1 se castiga con prisión de 6 meses a 3 años; el delito leve de lesiones (art. 147.3), con multa; las lesiones muy graves del artículo 149, con prisión de 6 a 12 años, y las del artículo 150, de 3 a 6 años. La pena depende de la gravedad de la lesión y del medio empleado.

¿Qué diferencia hay entre lesiones leves y graves?

Las lesiones leves solo necesitan una primera asistencia facultativa; las graves exigen además tratamiento médico o quirúrgico continuado. Esa distinción, que fija el informe médico-forense, determina si el hecho es un delito leve o un delito de lesiones del tipo básico.

¿Cuándo prescribe un delito de lesiones?

El delito de lesiones del artículo 147.1 prescribe a los 5 años; las lesiones graves de los artículos 149 y 150, a los 10 años, y el delito leve de lesiones, al año. El plazo se cuenta desde que se cometió la infracción.

¿Cuánto tarda un juicio por lesiones?

Depende del juzgado y de su carga de trabajo. Los delitos leves se resuelven con rapidez mediante juicio rápido; el tipo básico y las lesiones graves, al tramitarse como diligencias previas, pueden prolongarse varios meses hasta el juicio oral.

¿Es necesario un parte médico para denunciar unas lesiones?

Acudir a un centro sanitario y obtener el parte de lesiones es muy recomendable: ese documento, junto con el informe médico-forense, es la prueba central para acreditar la existencia y la gravedad de la lesión.

¿Puedo defenderme si me acusan de unas lesiones que no causé?

Sí. En supuestos como la riña tumultuaria es frecuente que no quede acreditado quién causó cada lesión. Una defensa técnica especializada analiza la prueba, los partes médicos y las declaraciones para desvirtuar la acusación.

Victima o acusado, tienes derecho a una defensa técnica especializada.

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