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abogado de delitos leves en Madrid

ABOGADO DE DELITOS LEVES EN MADRID

Una discusión, un empujón, un hurto de poca cuantía o unas palabras que alguien denunció. Parece menor, pero un delito leve puede dejarte antecedentes penales si no se defiende bien. Como abogado penalista especializado en delitos leves en Madrid, preparo tu defensa desde el primer momento.

Abogado de delitos leves en Madrid, defensa penal

Te han citado por un delito leve: actúa cuanto antes

El nombre engaña. En un juicio por delito leve se valora prueba, declaran testigos y el juez dicta una sentencia que puede imponerte una pena y, sobre todo, generarte antecedentes penales. La presunción de inocencia (art. 24 de la Constitución) y el derecho a no declarar te amparan, y la acusación es quien tiene que probar.

Por qué un penalista y no ir solo

La ley permite acudir sin abogado, pero la otra parte puede comparecer asistida. Un penalista revisa el atestado, propone los testigos y la prueba de descargo, y plantea en la vista la absolución o una calificación más favorable. La defensa se prepara antes del juicio, no se improvisa en la sala.

¿Cuándo necesitas un abogado de delitos leves?

Asumimos tu defensa en cualquiera de estas situaciones:

  • Te ha llegado una citación a juicio por un delito leve y no sabes a qué te enfrentas
  • Te han denunciado por lesiones, hurto, amenazas, coacciones, injurias o daños de poca entidad
  • Te enfrentas a un juicio rápido por delito leve, con plazos muy cortos
  • Eres víctima de una denuncia falsa o sin prueba de cargo
  • Quieres evitar un antecedente penal que pueda complicarte una oposición o un trabajo

Cómo trabajamos tu defensa, fase a fase

  1. Estudio del atestado y la denuncia. Analizamos qué se te imputa y qué prueba real existe contra ti. Sin eso no se decide nada.
  2. Entrevista reservada. Conocemos tu versión a solas, amparada por el secreto profesional, y fijamos la estrategia.
  3. Declarar o guardar silencio. Decidimos juntos si declaras o ejerces tu derecho a no hacerlo. Cada palabra se mide.
  4. Prueba de descargo. Reunimos y proponemos lo que te favorece: testigos, pericial y documental que desmonte la acusación.
  5. Juicio y recurso. Te defendemos en la vista, regulada en los arts. 962 a 977 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y recurrimos en apelación si la sentencia no es justa.
Defensa por delito leve, fases del procedimiento

Servicios relacionados: lesiones · juicios rápidos.

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COMPROMETIDOS CON TU DEFENSA

ASISTENCIA AL DETENIDO

Tipos de delito leve que defendemos

Lesiones leves

Lesión que no necesita tratamiento médico y maltrato de obra, art. 147.2 y 147.3 del Código Penal. Ver defensa

Hurto leve

Sustracción de bienes por valor no superior a 400 euros, art. 234.2 del Código Penal. Ver defensa

Amenazas leves

Amenaza leve a otra persona, art. 171.7 del Código Penal. Ver defensa

Coacciones leves

Obligar a alguien a hacer o no hacer algo de escasa entidad, art. 172.3 del Código Penal. Ver defensa

Injurias y vejaciones

Humillar o insultar de forma leve, art. 173.4 del Código Penal. Ver defensa

Daños leves

Daños en bienes ajenos por importe no superior a 400 euros, art. 263.1 del Código Penal. Ver defensa

Estafa de escasa cuantía

Cuando lo defraudado no pasa de 400 euros, art. 249 del Código Penal. Ver defensa

Apropiación indebida

Quedarse con dinero o cosas recibidas, cuantía no superior a 400 euros, art. 253 del Código Penal. Ver defensa

Juicio rápido por delito leve

Defensa en el procedimiento de enjuiciamiento rápido, con plazos cortos. Ver defensa

¿Qué líneas de defensa aplicamos?

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
Nadie está obligado a probar su inocencia. Es la acusación quien debe acreditar el delito con prueba de cargo válida (art. 24 CE). Atacamos toda prueba obtenida sin garantías y la insuficiencia probatoria.
DERECHO A NO DECLARAR
Decidimos contigo si declaras o guardas silencio. Una declaración mal preparada es el error más caro del procedimiento. El silencio no puede usarse como prueba en tu contra.
PRUEBA DE DESCARGO
Reunimos y proponemos los testigos, periciales y documentos que respaldan tu versión y desmontan el relato de la acusación.
DENUNCIA FALSA O SIN PRUEBA
Cuando la acusación se apoya solo en la declaración del denunciante, discutimos los requisitos que la jurisprudencia exige para que baste por sí sola: ausencia de motivos espurios, persistencia y corroboración.
NULIDAD DE PRUEBA ILÍCITA
Examinamos la cadena de custodia, las entradas y registros y las intervenciones de comunicaciones. La prueba obtenida vulnerando derechos fundamentales es nula y no puede fundar una condena.
PRESCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES
Los delitos leves prescriben al año (art. 131.1 del Código Penal). Y aunque no se computan a efectos de reincidencia, dejan antecedentes penales hasta que se cancelan, por eso el objetivo es evitar la condena.

¿Qué hacer si te citan por un delito leve?

Si has recibido una denuncia o una citación:
  • No declares sin abogado de confianza, ni siquiera para «aclararlo»
  • No contactes con quien te ha denunciado, ni directa ni indirectamente
  • Reúne mensajes, documentos y posibles testigos del contexto
  • Valora la prescripción: los delitos leves prescriben al año (art. 131.1 del Código Penal)

¿Es obligatorio llevar abogado a un juicio por delito leve?

La ley permite acudir sin abogado, pero no es recomendable: la otra parte puede comparecer asistida y sin defensa técnica pierdes la oportunidad de proponer pruebas, interrogar a los testigos y plantear los argumentos que pueden llevar a tu absolución.

¿Un delito leve me deja antecedentes penales?

Sí. Una condena por delito leve genera antecedentes penales que figuran en tu certificado hasta que se cancelan, aunque no se computan a efectos de reincidencia. Evitar la condena o lograr el archivo es la mejor forma de no tenerlo.

¿Cuándo prescribe un delito leve?

Los delitos leves prescriben al año, según el artículo 131.1 del Código Penal. Es un plazo corto y valorar si ya ha transcurrido puede ser clave en tu defensa.

¿Qué penas se imponen por un delito leve?

El Código Penal prevé penas leves como la multa, la localización permanente, los trabajos en beneficio de la comunidad o la prohibición de aproximarse o de acudir a determinados lugares. Depende del delito y de las circunstancias.

¿Es confidencial llamar para contar mi caso?

Totalmente. La llamada está protegida por el secreto profesional desde el primer minuto. Te decimos qué hacer y qué no, con transparencia.

¿Por qué elegir un abogado de delitos leves en Madrid?

Un juicio por delito leve se gana en los detalles: el atestado, la prueba, las garantías y la estrategia. Es defensa penal pura, no un trámite ni un servicio más dentro de un despacho generalista.

Sea cual sea el delito leve del que te acusen, estudiamos tu caso y te decimos exactamente a qué te enfrentas. Forma parte de la defensa penal especializada en Madrid.

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