¿Qué es el delito de coacciones según el Código Penal?
El delito de coacciones consiste en imponer su voluntad frente a otra persona para obligarla, mediante el uso de la fuerza o intimidación, a realizar algo en contra de su voluntad o impedirle hacer lo que tiene derecho a hacer.
El delito de coacciones en el Código Penal, tiene como objetivo proteger la libertad de acción y voluntad de las personas. Está regulado en el artículo 172 del Código Penal (coacciones código penal), dentro del Título VI de los delitos contra la libertad. Las penas por coaccionar a otra persona variarán según cada caso.
Entonces, ¿qué es coaccionar a otra persona según el Código Penal?
Según el Código Penal, el delito de coacciones se da cuando alguien, sin autorización legal, recurre a la violencia o la intimidación para imponer su voluntad:
- Impidiendo que otra persona haga algo que la ley le permite.
- Obligando a alguien a hacer algo en contra de su voluntad.
Para cometer el delito de coacciones, se deben dar los siguientes requisitos:
- Una conducta violenta, que puede manifestarse mediante el uso de fuerza física o intimidación, ejercida de forma directa o indirecta sobre la víctima.
- Impedir que otra persona haga lo que la ley no prohíbe efectuar o no se quiere, sea justo o injusto.
- La acción debe tener la intensidad suficiente para lograr el efecto deseado.
- Que la acción no esté legítimamente autorizada por la ley.
La violencia en este delito puede presentarse como vis física, es decir, un ataque físico directo; vis compulsiva, que implica intimidación para doblegar la voluntad de la víctima; o vis in rebus, que consiste en usar fuerza sobre objetos o elementos materiales, como cambiar cerraduras, cortar suministros o impedir físicamente que alguien salga de su domicilio.
Tipos de coacciones
El delito de Coacciones se regula en el artículo 172 y siguientes del Código Penal, que establece los diferentes tipos de coacciones, que podremos clasificar de la siguiente manera:
- Coacciones genéricas: Implica utilizar la violencia o intimidación para impedir que otra persona haga lo que la ley le permite o forzarla para realizar algo en contra de su voluntad. Ya fuere justo o injusto.
- Coacciones contra derechos fundamentales: Cuando el objetivo sea impedir el ejercicio de un derecho fundamental, como la libertad de expresión o de movimiento.
- Coacciones relacionadas con la vivienda: Si la coacción busca impedir el legítimo disfrute de la vivienda. Cambiar la cerradura, cortar los suministros de luz eléctrica o agua es delito.
- Coacciones leves en el ámbito de violencia de género: Aplica cuando las coacciones leves se cometen hacia la pareja o expareja, o hacia personas especialmente vulnerables que conviven con el agresor.
- Coacciones para contraer matrimonios forzosos: Este tipo específico de coacción se configura cuando se emplea intimidación grave, violencia o engaño para forzar a una persona a contraer matrimonio.
Delito de acoso o stalking
El delito de acoso o stalking, es un tipo especial del delito de coacciones que castiga el comportamiento insistente y repetitivo, que sin estar legítimamente autorizado altere la vida cotidiana de la víctima. Este acoso puede presentarse mediante varias acciones:
- Vigilancia y seguimiento: Seguir, vigilar o buscar la cercanía física de la persona acosada.
- Intentos de contacto: Establecer o intentar contacto a través de cualquier medio de comunicación o incluso mediante terceras personas.
- Uso indebido de datos personales: Adquirir productos, contratar servicios o generar contactos para la víctima mediante el uso inadecuado de sus datos personales.
- Ataques contra la libertad o el patrimonio: Realizar acciones que afecten la libertad o el patrimonio de la víctima o de personas cercanas a ella.
También se considera un delito de acoso, a quién utilice la imagen de otra persona sin su consentimiento para crear perfiles falsos en redes sociales, realizar anuncios en páginas de contacto o cualquier medio de difusión pública, causándole a la víctima una situación de acoso, hostigamiento o humillación.
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Pena por delito de coacciones en el Código Penal (Art. 172)
Las penas por delito de coacciones dependen de la gravedad de los actos y de las circunstancias específicas del caso.
En términos generales, el Código Penal establece la pena por coacciones en una horquilla de 6 meses a 3 años de prisión. Mientras que el delito de coacciones leves conlleva únicamente la multa de 1 a 3 meses.
Cuando se trate de coacciones leves en el ámbito de la violencia de género, se castigará con 6 meses a 1 año de prisión como penas por delito de coacciones.
Las penas por coacciones graves para contraer matrimonio o engañar a una persona a abandonar el territorio español estarán castigadas con la pena de 6 meses a 3 años de cárcel.
Las penas por acoso o stalking alcanzarán desde los 3 meses hasta los 2 años de prisión y la pena para quién utilice la imagen de otra persona sin autorización para acosarle, hostigarle o humillarle podrá ser castigado con penas de hasta un año de prisión.
¿Te han denunciado por un delito de coacciones y necesitas ayuda?
Si has sido denunciado por un delito de coacciones, es muy importante contar con un abogado especialista en delitos de coacciones. Este profesional te guiará y acompañará durante todo el procedimiento juidical. La denuncia por coacción iniciará un procedimiento judicial en el que tendrás que defender tu inocencia.
Un abogado defensor evaluará el expediente y analizará todas las pruebas que existen en tu contra, trazando una estrategia desde el primer momento con el objetivo de debilitar la acusación. Un abogado experto en coacciones podrá ver fácilmente si se cumplen los elementos que exige el delito, ya que sin uso de violencia, no hay delito de coacciones. O analizará si concurren circunstancias atenuantes que nos permitan aminorar la pena.
El abogado defenderá tus derechos y se asegurará de garantizar que se respeten durante el procedimiento judicial. En casos como las coacciones leves, un abogado puede ayudarte a evitar una condena de prisión.
Si te encuentras inmerso en un procedimiento por delito de coacciones, te recomendamos que te pongas en manos de un abogado penalista defensor. En nuestro equipo contamos con profesionales altamente especializados que te ayudarán a resolver tu situación.
Soy Víctor Ávila, abogado coacciones y quiero ayudarte.
Cómo denunciar un delito de coacciones (paso a paso)
La denuncia por coacciones puede presentarse en comisaría, en el cuartel de la Guardia Civil o directamente ante el Juzgado de Guardia. Cada vía produce el mismo efecto procesal, pero conviene conocer los pasos para reforzar la prueba desde el principio.
1. Reunir las pruebas antes de denunciar
Mensajes, audios, capturas de WhatsApp, correos electrónicos, grabaciones de cámaras de seguridad e identidad de testigos. La cadena temporal de las comunicaciones es la prueba principal en los delitos de coacciones.
2. Presentar la denuncia
La denuncia se interpone en el plazo de prescripción del delito (tres años para el delito leve del artículo 172.3 CP; cinco años para el tipo grave). El denunciante describe los hechos, identifica al denunciado y aporta la documentación recopilada.
3. Solicitar medidas cautelares cuando proceda
Si las coacciones provienen de un familiar, expareja o conviviente, se puede pedir una orden de protección al Juzgado de Guardia. El juez decide en un máximo de 72 horas tras escuchar al denunciado y al Ministerio Fiscal.
4. Fase de instrucción
El juez practica las diligencias necesarias: declaración del denunciante y del denunciado, ratificación de testigos, informes periciales y volcado de dispositivos. Esta fase determina si los hechos se califican como delito leve o grave de coacciones.
5. Juicio oral o sobreseimiento
Si las pruebas son suficientes, el procedimiento avanza a juicio oral. Si no lo son, se acuerda el archivo provisional. En ambos escenarios resulta clave una defensa técnica especializada que valore la línea probatoria desde la primera diligencia.
Cuando alguien es denunciado por coacciones, conviene contactar de inmediato con un abogado penalista. La estrategia inicial determina si el caso termina en absolución, archivo o sentencia condenatoria.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el delito de coacciones según el Código Penal?
El delito de coacciones está regulado en el artículo 172 del Código Penal español. Consiste en imponer, mediante violencia o intimidación, una conducta a otra persona, obligándola a hacer algo que no quiere o impidiéndole hacer lo que tiene derecho a hacer.
¿Cuál es la pena por delito de coacciones?
El tipo básico del delito de coacciones del artículo 172.1 del Código Penal se castiga con pena de prisión de seis meses a tres años o multa de 12 a 24 meses. En coacciones leves (172.3 CP) la pena es de multa de 1 a 3 meses.
¿Cuál es la diferencia entre coacciones y amenazas?
La amenaza consiste en anunciar un mal futuro para la víctima; la coacción consiste en imponer inmediatamente una conducta con violencia o intimidación actual. Ambos delitos pueden concurrir en una misma conducta.
¿Cuándo prescribe el delito de coacciones?
El tipo básico de coacciones prescribe a los cinco años desde la comisión del hecho. Las coacciones leves, al tratarse de delito leve, prescriben al año.
¿Qué hacer si me han denunciado por un delito de coacciones?
Lo primero es no declarar sin abogado y contactar de inmediato con un abogado penalista especialista en coacciones para preparar la defensa, analizar las pruebas y la posible estrategia (atipicidad, legítima defensa, error, etc.).
Abogado penalista en Madrid (Graduado en Derecho y ADE con Máster de Acceso a la Abogacía), experto en procedimientos complejos y técnicos en Derecho Penal. Cuenta con títulos como el Curso de DerechoPenal Avanzado impartido por magistrados del Tribunal Supremo en el Iltre. Colegio de Abogacía de Madrid.
