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Si has sido denunciado por mantener relaciones sexuales con una persona menor de 16 años, seguramente te asalten muchas dudas.

¿Y si ella me dijo que era mayor?
¿Y si toda su familia lo sabía?
¿Y si la relación fue libre y consentida por ambos?

Estas preguntas no son menores. En España, el Código Penal es muy claro: las relaciones sexuales con menores de 16 años son delito, aunque haya consentimiento. Pero también lo es la jurisprudencia más reciente, que empieza a perfilar un límite: cuando el acusado desconocía de forma razonable la edad real de la persona, no puede ser condenado.

Absuelto por agresión sexual un joven que creyó que la denunciante tenía 16 años

El Tribunal Supremo ha absuelto a un joven de 26 años, tras estimar su recurso de casación. Mantenía una relación sentimental con una menor de 15 años, pero ella le dijo que tenía 16. La relación era conocida por su familia, el centro de protección y su entorno social.

Como abogado penalista defensor, voy a explicarte qué significa esta sentencia, cómo puede afectar a tu caso y qué estrategias de defensa penal pueden aplicarse si te enfrentas a una denuncia similar.

Qué dice la ley sobre relaciones sexuales con menores

El Código Penal castiga cualquier relación sexual con una persona menor de 16 años, incluso cuando exista consentimiento. El delito de agresión sexual a menor de 16 años está recogido en el artículo 183 del Código Penal, y las penas de prisión por abuso sexual a menor de 16 años pueden superar los 10 años de prisión.

Pero para que haya delito, es necesario que el acusado supiera que la otra persona era menor de edad. Ese conocimiento se llama “dolo” y es un elemento esencial del delito. Si actuaste bajo un error sobre la edad, puede aplicarse el error de tipo.

Qué es el error de tipo

El error de tipo es la creencia equivocada sobre un hecho que forma parte del delito. En este caso, sobre la edad de la persona. Si tú creías sinceramente que tenía más de 16 años, y esa creencia era razonable, el delito queda excluido porque faltaría el dolo.

El artículo 14.1 del Código Penal establece que el error sobre un elemento del tipo penal excluye la responsabilidad penal si es invencible. Pero incluso si es vencible (es decir, si se considera que podías haber evitado el error), tampoco se te puede condenar si el delito no admite su forma imprudente. Y los delitos del artículo 183 CP no contemplan esa forma imprudente, por lo que no puede castigarse en ese caso.

 

¿Te preocupa que te condenen por un error sobre la edad?

Joven de 26 años y menor de 15 años compartiendo un momento romántico, ilustrando un caso de error sobre la edad en una relación sentimental.

¿Has sido denunciado por agresión sexual a menor de 16 años?

¿Y qué pasa si el acusado actúa con error sobre la edad?

El Supremo recuerda que los delitos sexuales no contemplan la modalidad imprudente. Esto implica que, aunque el error del acusado sobre la edad fuese vencible, no puede haber condena, porque el legislador no previó una forma culposa del delito.

¿Qué resolvió el Tribunal Supremo en esta sentencia?

En este caso, el acusado mantuvo una relación sentimental con una menor de 15 años. Ella le había dicho que tenía 16. Su entorno (familia, centro de acogida, amistades) conocía la relación y nadie cuestionó la edad. La relación era afectiva, pública y sin indicios de violencia o manipulación.

A pesar de ello, el acusado fue condenado a más de 10 años de prisión por abuso sexual. Tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid entendieron que él conocía la edad real de la menor o, en su defecto, que debía haberlo sabido.

El Tribunal Supremo anuló la condena y absolvió al acusado. ¿Por qué?

Porque no se probó que él supiera la edad de la menor. Y como el conocimiento de la edad es un elemento esencial del delito, el dolo no quedó acreditado. Por tanto, no se podía mantener la condena.

El error sobre la edad es uno de los elementos que impiden la condena por el delito de agresión sexual a menor de 16 años

El Tribunal Supremo lo deja muy claro:

“El dolo requiere conocimiento efectivo de los elementos del tipo. El error sobre un dato esencial —como la edad inferior a 16 años— impide la integración subjetiva del injusto.”

“La presunción de inocencia cubre todos los elementos del tipo. Es la acusación quien debe probar el dolo del autor.”

Qué valoró el Supremo para absolver

  1. La menor declaró que le dijo al acusado que tenía 16 años.
  2. La relación era conocida y consentida por su entorno, incluido el centro donde vivía.
  3. Grabaciones con la madre de la menor confirmaban que el acusado creía que había una diferencia de edad de 10 años, lo que implicaba que ella tenía al menos 16.
  4. La menor, ya mayor de edad, se adhirió al recurso de casación y pidió su absolución.
  5. No se probó que el acusado tuviera indicios objetivos para dudar de la edad.
  6. El Tribunal reprochó a los tribunales inferiores haber invertido la carga de la prueba: no era el acusado quien debía demostrar su ignorancia, sino la acusación quien debía acreditar el conocimiento de la edad.
  7. Informes periciales acreditaron que la menor tenía un grado de madurez psicosocial superior al esperable para su edad, y que no hubo manipulación ni control por parte del acusado.

El Supremo fue tajante: no se puede invertir la carga de la prueba en perjuicio del acusado. No es él quien debe demostrar que no sabía la edad; es la acusación quien debe probar que sí lo sabía. Esta es una garantía básica del derecho penal que no puede relajarse en ningún caso.

¿Estás acusado de agresión sexual a menor de 16 años y fue una relación consentida?

Joven acusado sentado junto a su abogado durante un juicio por agresión sexual, relacionado con un posible error sobre la edad.

El error sobre la edad puede evitar una condena por delito sexual si el acusado desconocía de forma razonable la edad real..

¿Qué pasa si me han condenado por agresión sexual a menor de 16 años?

Si ya has sido condenado por un delito de agresión sexual a menor de 16 años, pero en tu caso concurren circunstancias similares —relación sentimental, desconocimiento razonable de la edad, consentimiento expreso de la menor, conocimiento por parte de su entorno— todavía puedes recurrir.

El recurso de casación puede ser una vía eficaz para revisar la condena si no se valoró correctamente el error de tipo o se vulneró tu derecho a la presunción de inocencia.

Te explico los siguientes pasos que puedes dar para recurrir tu condena, pulsando aquí.

¿Te acusan por un delito de abuso sexual a menor de 16 años? Descubre cómo un abogado experto en delitos sexuales te puede ayudar?

Si te enfrentas a una denuncia por agresión sexual a menor de 16 años, no te la juegues. Este tipo de procedimientos exige una defensa penal técnica, experta y comprometida desde el primer momento. Contar con un abogado especializado en delitos sexuales puede marcar la diferencia entre la prisión y la absolución. ¿Quieres que analice tu caso? Pide tu consulta aquí y empecemos a trabajar en tu defensa.

Soy Víctor Ávila, abogado penalista, y quiero ayudarte.

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