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¿Estás dentro de un procedimiento penal y no sabes en qué fase estás?

Cuando a una persona la citan por primera vez en un juzgado, casi nunca sabe lo que viene después, y esa incertidumbre asusta tanto como la propia acusación. El procedimiento penal en España no es un acto único, sino un recorrido con fases bien diferenciadas, cada una con sus reglas y, sobre todo, con sus oportunidades de defensa. Soy Víctor Ávila, abogado penalista en Madrid, y en este artículo te explico las fases del procedimiento penal en lenguaje claro, para que sepas en qué punto estás y qué puedes hacer en cada momento.

Primera fase: la instrucción

El procedimiento arranca con la instrucción, que regula la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La dirige el juez de instrucción y su objetivo es investigar el hecho y determinar quién pudo cometerlo. Según el tipo de delito, esta fase se llama diligencias previas en el procedimiento abreviado o sumario en los delitos más graves.

En esta etapa se practican las diligencias clave: declaración del investigado, testigos, informes periciales, registros y documentación. Aquí entra en juego el Ministerio Fiscal, y puede aparecer también la acusación particular, que es la persona perjudicada personada en la causa.

Un error que veo a menudo es no tomarse en serio la instrucción por creer que el juicio está lejos. Es justo al revés. Lo que se hace o se deja de hacer aquí condiciona todo lo demás. La declaración del investigado se presta en esta fase, y conviene prepararla bien.

Segunda fase: la fase intermedia

Terminada la investigación, llega la fase intermedia. Es el momento de decidir si el asunto va a juicio o no. El juez puede acordar el sobreseimiento, que supone el archivo de la causa, o dictar el auto de apertura del juicio oral.

Aquí las partes presentan sus escritos. La acusación formula sus cargos y pide una pena. La defensa presenta su escrito de defensa, propone prueba y plantea su tesis. Es una fase técnica y decisiva. Muchos procedimientos se ganan o se acotan en este punto, antes incluso de pisar la sala de vistas.

Cada fase del proceso penal tiene su estrategia. ¿Conoces tus opciones en la tuya?

Archivadores ordenados sobre la mesa de un juzgado: instrucción, fase intermedia, juicio oral y recursos

Tercera fase: el juicio oral

El juicio oral es la fase más visible. Se practica la prueba ante el tribunal: declaraciones, testigos, peritos y documentos. Rige el principio de contradicción, y la acusación debe probar los hechos más allá de toda duda razonable.

El órgano competente depende de la pena. Los asuntos con penas inferiores a cinco años se ven en el Juzgado de lo Penal. Los más graves, en la Audiencia Provincial. La realidad es que un juicio se prepara durante meses. La improvisación, en sala, se paga cara.

Cuarta fase: la sentencia

Tras el juicio, el tribunal dicta sentencia. Puede ser absolutoria, y entonces el proceso termina a favor del acusado, o condenatoria. La sentencia debe estar motivada, es decir, debe explicar por qué se condena o se absuelve y con qué prueba.

Quinta fase: recursos y ejecución

Una sentencia condenatoria no es siempre la última palabra. Cabe recurso de apelación y, en determinados casos, recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Si la condena se confirma y es firme, se abre la fase de ejecución, donde se cumple la pena impuesta.

La mayor parte de los errores que cuestan una condena no se cometen en el juicio, sino antes. Una instrucción mal afrontada, una declaración precipitada o un escrito de defensa flojo arrastran el resultado. Por eso insisto siempre en lo mismo: contar con un abogado penalista desde la primera citación, no cuando ya hay sentencia.

Cada fase tiene su estrategia. Y cada plazo cuenta.

Procedimiento abreviado, ordinario y juicio rápido

No todos los delitos siguen el mismo cauce. La Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé varios tipos de procedimiento según la gravedad. El procedimiento abreviado se aplica a la mayoría de los delitos con pena de hasta nueve años. El procedimiento ordinario, llamado sumario, se reserva a los delitos más graves y separa con más rigidez la fase de instrucción de la de juicio.

Existe además el juicio rápido, pensado para delitos flagrantes o de instrucción sencilla, que comprime los plazos de forma notable. Saber en qué procedimiento estás importa, porque cada uno tiene sus tiempos y sus oportunidades de defensa. En un juicio rápido, por ejemplo, las decisiones se toman en cuestión de días, y eso exige reaccionar de inmediato.

En todos los casos hay dos figuras que conviene tener claras. El Ministerio Fiscal ejerce la acusación pública. La acusación particular es la persona perjudicada que se persona en la causa con su propio abogado. Frente a ambas, la defensa hace valer la presunción de inocencia y vigila que cada actuación respete las garantías del proceso.

Preguntas frecuentes sobre las fases del procedimiento penal

¿Cuáles son las fases del procedimiento penal en España?

Instrucción, fase intermedia, juicio oral, sentencia y, en su caso, recursos y ejecución. Cada una está regulada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

¿Qué pasa en la fase de instrucción?

El juez de instrucción investiga el hecho y a su presunto autor. Se practican declaraciones, pericias y demás diligencias. Es la fase que más condiciona el resultado.

¿En qué momento puede archivarse la causa?

Sobre todo en la fase intermedia, mediante el sobreseimiento. También puede no abrirse juicio si la instrucción no aporta indicios suficientes.

¿Quién juzga cada delito?

El Juzgado de lo Penal conoce de los delitos con pena inferior a cinco años. Los delitos más graves se enjuician en la Audiencia Provincial, y los asuntos que llegan a casación los resuelve el Tribunal Supremo, que fija la doctrina aplicable al resto de órganos.

Víctor Ávila, abogado penalista en Madrid
Socio Director en Víctor Ávila Abogado |  + posts

Abogado penalista en Madrid (Graduado en Derecho y ADE con Máster de Acceso a la Abogacía), experto en procedimientos complejos y técnicos en Derecho Penal. Cuenta con títulos como el Curso de DerechoPenal Avanzado impartido por magistrados del Tribunal Supremo en el Iltre. Colegio de Abogacía de Madrid.