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abogado penalista en Madrid

ABOGADO REVISIÓN DE CONDENA LEY SÍ ES SÍ EN MADRID

Como abogado experto en revisión de condena por la Ley Sí Es Sí en Madrid, La aplicación de la norma más favorable al penado puede suponer reducción significativa de la pena cuando concurren los presupuestos legales.

Abogado revisión condena Ley Sí Es Sí Madrid, LO 10/2022

Defensa en revisión de condena ley sí es sí: actuación inmediata

La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual reformó el Título VIII del Código Penal (delitos contra la libertad sexual) modificando rangos de pena, tipos delictivos y agravantes. La disposición transitoria de la ley, junto con el art. 2.2 CP (principio de retroactividad de la norma más favorable), permite revisar sentencias firmes anteriores cuando el nuevo marco resulta más favorable.

En qué casos procede la revisión

  • Sentencias firmes anteriores a la entrada en vigor (7 octubre 2022) con condenas por delitos contra la libertad sexual.
  • Penas que en la nueva ley son inferiores para los mismos hechos o nueva calificación más favorable.
  • Aplicación del principio de retroactividad favorable del art. 2.2 CP.

Procedimiento y competencia

La revisión la insta el penado, el Ministerio Fiscal o el tribunal de oficio ante el tribunal sentenciador. Tras audiencia de las partes, el tribunal dicta auto de revisión que puede mantener la pena o reducirla aplicando la norma más favorable. Cabe recurso de apelación o casación según los casos.

¿Cuándo necesitas un abogado de revisión de condena Ley Sí Es Sí?

Asumimos revisión de condenas firmes por delitos contra la libertad sexual:

  • Condenados por agresión sexual con sentencia firme anterior a octubre 2022
  • Casos por abuso sexual reconducidos a la nueva tipificación
  • Penados por delitos contra menores con cambios de pena en la LO 10/2022
  • Internos en cumplimiento con cálculo de la pena revisado
  • Casos de familia o herederos para revisión post mortem o por extinción

En revisión por Ley Sí Es Sí, el análisis comparativo de la pena antigua y la nueva es decisivo: solo procede revisión cuando la nueva resulta efectivamente más favorable.

Cómo trabajamos la defensa en un procedimiento por revisión de condena ley sí es sí

Cada fase requiere una intervención estratégica distinta:

  1. Asistencia al investigado o detenido (24h)

Acompañamiento en sede policial, judicial o de Fiscalía. Preparación de la declaración y revisión de las diligencias practicadas.

  1. Fase de instrucción

Examen del expediente, diligencias de descargo, periciales y solicitudes ante el Juzgado de Instrucción.

  1. Fase intermedia y juicio oral

Escrito de defensa, impugnación de la acusación, proposición de prueba y juicio oral ante el Juzgado de lo Penal o la Audiencia Provincial.

  1. Recursos

Apelación, casación ante el Tribunal Supremo y, en su caso, amparo ante el Tribunal Constitucional.

Revisión de condena por LO 10/2022, retroactividad favorable

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COMPROMETIDOS CON TU DEFENSA

ASISTENCIA AL DETENIDO

Modalidades de revisión que tramitamos

Agresión sexual

Revisión cuando la nueva tipificación (art. 178 reformado) resulta más favorable.

Abuso sexual

Casos reconducidos a la nueva configuración tras la supresión del tipo independiente.

Delitos contra menores

Revisión en sentencias por delitos contra menores con cambios en arts. 181-183 CP.

Tipos agravados

Revisión cuando agravantes han cambiado de configuración o efecto penológico.

Cálculo de cumplimiento

Adecuación del tiempo de cumplimiento al nuevo marco penal aplicable.

Beneficios penitenciarios

Recálculo de plazos de tercer grado, libertad condicional y permisos tras la revisión.

¿Qué estrategia aplicamos?

ANÁLISIS COMPARATIVO
Realizamos análisis técnico comparativo entre la pena impuesta con la legislación anterior y la pena que correspondería con la LO 10/2022. Solo procede revisión cuando la nueva ley resulta efectivamente más favorable.
IDENTIFICACIÓN DE TIPOS APLICABLES
Identificamos la nueva calificación que correspondería a los hechos. Algunos delitos han cambiado de tipo (agresión vs abuso) o de rango de pena.
ESCRITO DE REVISIÓN
Presentamos escrito de revisión ante el tribunal sentenciador con cálculo detallado y solicitud de adecuación de la pena. Acompañamos cuando procede informes y antecedentes complementarios.
AUDIENCIA Y ALEGACIONES
En la audiencia procesal, defendemos la posición de revisión frente a las posibles objeciones del Ministerio Fiscal. Articulamos la doctrina constitucional sobre retroactividad favorable.
RECURSO FRENTE A DENEGACIÓN
Si el tribunal deniega la revisión, presentamos recurso de apelación o casación según corresponda. La doctrina del Tribunal Supremo ha matizado los criterios y permite recursos viables.
RECÁLCULO DE BENEFICIOS
Tras la revisión exitosa, coordinamos con Instituciones Penitenciarias el recálculo de plazos para tercer grado, libertad condicional, permisos y refundición de condenas.

¿Qué hacer si crees que tu caso es revisable?

Si tú o un familiar tenéis una condena firme por delitos sexuales:
  • Solicita estudio comparativo con un abogado especializado en LO 10/2022
  • Reúne sentencia, expediente penitenciario y cálculo de cumplimiento actual
  • Solicita audiencia al tribunal sentenciador
  • Sigue cumpliendo conforme a la sentencia mientras tramitamos la revisión

¿Qué condenas se pueden revisar por la Ley Sí Es Sí?

Sentencias firmes anteriores al 7 de octubre de 2022 por delitos contra la libertad sexual, siempre que la nueva calificación o el nuevo rango de pena de la LO 10/2022 resulte efectivamente más favorable. Si la nueva pena es igual o superior, no procede la revisión.

¿La revisión es automática?

No. Tiene que solicitarse ante el tribunal sentenciador. La puede instar el penado, su defensa, el Ministerio Fiscal o el tribunal de oficio. La revisión requiere análisis comparativo técnico, no es una rebaja automática.

¿Quién resuelve la revisión?

El tribunal sentenciador original: Juzgado de lo Penal, Audiencia Provincial o Tribunal Supremo según la pena. Resuelve por auto motivado tras audiencia de las partes.

¿Cuánto se puede reducir la pena?

Depende del caso. En algunos supuestos puede ser reducción de pocos meses; en otros, varios años. Hay condenas que se han rebajado del rango de prisión 4-12 años al rango 1-5 años por reconducción del tipo penal.

¿Cabe recurso si me deniegan la revisión?

Sí. Cabe recurso de apelación o casación según el tribunal sentenciador. La doctrina del Tribunal Supremo ha matizado los criterios y la defensa especializada conoce las vías de recurso eficaces.

¿Por qué elegir un abogado especialista en revisión de condena ley sí es sí en Madrid?

La revisión de condena por la LO 10/2022 exige análisis técnico comparativo del marco penal antiguo y nuevo, conocimiento de la doctrina del Tribunal Supremo sobre retroactividad favorable y experiencia en ejecución de penas. Un abogado generalista puede no manejar la disposición transitoria ni los criterios de cómputo.

En este despacho asumimos revisión de condenas firmes con análisis comparativo y tramitación ante el tribunal sentenciador.

Este servicio forma parte de la defensa especializada en derecho penitenciario y ejecución de penas.

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Si tú o un familiar tenéis una condena firme por delitos contra la libertad sexual anterior a octubre 2022, contacta con el despacho para estudiar la posibilidad de revisión.

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Estudiaremos tu caso y te diremos exactamente a qué te enfrentas.

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