La libertad condicional es la suspensión de la parte de la pena de prisión que queda por cumplir. La concede el juez de vigilancia penitenciaria. Según el artículo 90.1 del Código Penal, el penado debe estar en tercer grado, haber extinguido las tres cuartas partes de la condena y haber observado buena conducta. El juez valora además el pronóstico de reinserción y la responsabilidad civil.
A 26 de diciembre de 2024 había 6.943 internos en tercer grado en los centros de la Administración General del Estado. Eran el 18,5 % de la población penada (Informe General 2024 de Instituciones Penitenciarias, tabla 16; sin Cataluña ni el País Vasco). Ese grupo es el que puede aspirar a la libertad condicional ordinaria. Para la familia de un interno, conviene saber qué exige hoy la ley, porque desde 2015 funciona de otro modo.
¿Qué es la libertad condicional y dónde está regulada?
La libertad condicional está regulada en los artículos 90 a 92 del Código Penal. Desde la Ley Orgánica 1/2015, en vigor desde el 1 de julio de 2015, ya no es un «cuarto grado» de cumplimiento. Es una suspensión de la ejecución del resto de la pena. El liberado condicional no cumple condena: la tiene suspendida durante un plazo y bajo condiciones.
El cambio tiene consecuencias serias. Antes, quien salía en libertad condicional seguía extinguiendo pena y la condena terminaba sola en la fecha de licenciamiento. Ahora, si la libertad condicional se revoca, el tiempo pasado fuera no cuenta como cumplimiento (art. 90.6 CP).
La reforma no tocó la legislación penitenciaria: los artículos 192 a 201 del Reglamento Penitenciario conservan el procedimiento anterior. En el Código Penal consolidado del BOE, el artículo 90 recoge la modalidad ordinaria y las anticipadas, y el 91, la de septuagenarios y enfermos muy graves.
¿Qué requisitos exige el artículo 90.1 del Código Penal?
El artículo 90.1 del Código Penal exige tres requisitos para la libertad condicional ordinaria: tercer grado, tres cuartas partes de la pena extinguidas y buena conducta. A ellos se suma un requisito negativo. El penado debe haber satisfecho la responsabilidad civil en los términos de los apartados 5 y 6 del artículo 72 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.
Con varias causas, una refundición de condenas mal practicada puede retrasar meses la fecha.
La responsabilidad civil derivada del delito no se exige de forma absoluta. El artículo 72.5 LOGP manda atender a la conducta reparadora y a la capacidad real de pago.
¿Quién concede la libertad condicional y cómo se tramita?
La libertad condicional la concede el juez de vigilancia penitenciaria mediante auto. El expediente puede iniciarlo la Junta de Tratamiento del centro, que debe elevarlo antes de que se cumpla la fracción. También puede pedirla el propio penado directamente al juzgado (art. 90.7 CP). El Ministerio Fiscal informa antes de que el juez resuelva.
Desde la Ley Orgánica 1/2025, los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria son Secciones de Vigilancia Penitenciaria de los Tribunales de Instancia.
El artículo 198.2 del Reglamento Penitenciario exige que llegue al juzgado antes de la fecha y que el centro justifique cualquier retraso. En la práctica, conviene que esté elevado dos meses antes.
El artículo 195 del Reglamento fija su contenido: liquidación, informe pronóstico, programa individual, compromiso de acogida, residencia y medio de vida al salir.
Si el centro no eleva el expediente porque ve desfavorable el pronóstico, cabe queja ante el juez. La Instrucción 4/2015 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias no tiene rango normativo, y esa valoración corresponde al juez. En Cataluña, con competencias ejecutivas propias, tramita el expediente la administración penitenciaria catalana.
¿Le han denegado la libertad condicional por la responsabilidad civil?
¿Qué reglas de conducta puede imponer el juez al liberado condicional?
El juez puede condicionar la libertad condicional a las prohibiciones y deberes del artículo 83 del Código Penal, aplicable por remisión del artículo 90.5. Son reglas como el alejamiento de la víctima, no contactar con ciertas personas, residir en un lugar fijo, comparecer periódicamente o seguir programas formativos o de deshabituación. Cada una debe ser necesaria y proporcionada.
Algunas son obligatorias. En los delitos contra la mujer cometidos por su pareja o expareja, el artículo 83.2 impone siempre el alejamiento, la prohibición de acudir a determinados lugares y la participación en programas. Lo mismo ocurre en los delitos contra la libertad sexual, el matrimonio forzado, la mutilación genital femenina y la trata.
Los límites de cualquier regla de conducta son claros:
- tiene que servir para evitar el riesgo de nuevos delitos;
- no puede ser excesiva ni desproporcionada;
- debe guardar relación con el delito cometido;
- si tiene contenido económico, debe ajustarse a los ingresos reales.
El seguimiento corresponde a los servicios sociales penitenciarios del centro o del Centro de Inserción Social más próximo al domicilio (art. 200 RP).
¿Cuánto dura la libertad condicional?
El plazo de suspensión es de dos a cinco años y nunca puede ser inferior a la parte de pena que falte por cumplir (art. 90.5 CP). Se cuenta desde el día de la excarcelación. Por eso la libertad condicional puede terminar después de la fecha en que la condena se habría extinguido si el penado hubiera seguido en prisión.
Un ejemplo lo aclara. Un penado a cuatro años sale cuando le queda uno por cumplir. Como el plazo mínimo es de dos años, queda sujeto un año más de lo que habría durado su condena.
Si el juez fija más del mínimo posible, tiene que motivarlo.
Terminado el plazo sin incidencias, el juez dicta el auto de remisión definitiva (art. 87 CP). Conviene pedirlo en cuanto vence el plazo: mientras no se dicta, la revocación sigue siendo posible.
La suspensión no retrasa el momento de cancelar los antecedentes penales. El artículo 136.2 CP retrotrae el cómputo a la fecha en que la pena habría quedado cumplida.
¿Conviene siempre pedir la libertad condicional?
No siempre. Quien está en tercer grado sigue cumpliendo pena y ese tiempo le computa. Quien pasa a libertad condicional deja de cumplir y, si se revoca, pierde todo el tiempo pasado fuera. Con penas cortas o una situación personal frágil puede ser mejor seguir en tercer grado, incluso con control telemático del artículo 86.4 del Reglamento Penitenciario.
La libertad condicional es un derecho renunciable. El penado puede manifestar por escrito que no desea acogerse a ella y el expediente se archiva. La renuncia útil es la que se hace antes de salir.
Es una de las primeras cuentas que hace un abogado experto en derecho penitenciario con el cliente y su familia. Cuanto más tiempo quede de condena y más inestable sea el entorno, más sentido tiene mantener el tercer grado. Consumos activos o causas pendientes inclinan la balanza hacia ese lado.
La comparación debe hacerse por escrito, con las fechas reales de la liquidación.
¿Qué hacer si a mi familiar le han denegado la libertad condicional?
Contra el auto que deniega la libertad condicional caben dos recursos. El de reforma se presenta en tres días ante el propio juzgado. El de apelación, en cinco días, y lo resuelve el tribunal sentenciador de la pena más grave, no la Audiencia del lugar de la prisión. La libertad condicional es materia de ejecución de penas.
El recurso de reforma rara vez cambia el criterio del juez sin datos nuevos. Lo habitual es ir directamente al recurso de apelación.
Los argumentos que mejor funcionan son concretos:
- El informe desfavorable de la Junta de Tratamiento no vincula al juez.
- La conclusión de ese informe debe ser coherente con los datos que recoge.
- Si el penado accedió al tercer grado sin pagar y su economía no ha cambiado, denegar ahora por impago es difícil de sostener.
El juez puede fijar un plazo de espera antes de una nueva petición. Es de seis meses y puede prorrogarse motivadamente a un año (art. 90.7 CP).
Preguntas frecuentes sobre la libertad condicional
¿Se puede pedir la libertad condicional sin estar en tercer grado?
No, salvo una excepción. El tercer grado es requisito de todas las modalidades de libertad condicional, incluidas la anticipada y la de septuagenarios. Solo el artículo 91.3 del Código Penal lo dispensa. Se aplica cuando hay un peligro patente para la vida del interno, acreditado por el médico forense y por los servicios médicos del centro.
¿El tiempo en libertad condicional cuenta como condena cumplida?
Solo si la libertad condicional termina bien. Desde 2015, el liberado condicional tiene la pena suspendida y no la está cumpliendo. Si el juez revoca la suspensión, el artículo 90.6 del Código Penal ordena ejecutar la pena pendiente. El tiempo pasado en libertad condicional no se computa y se pierde.
¿Hay que haber pagado la indemnización para obtener la libertad condicional?
El Código Penal exige haber satisfecho la responsabilidad civil conforme al artículo 72.5 y 6 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Ese precepto no impone siempre un pago íntegro. Manda valorar la conducta reparadora, la capacidad económica real del penado y las garantías de pago futuro. Un compromiso de pago serio puede bastar.
¿Cuándo se puede volver a pedir la libertad condicional si la deniegan?
Si el juez de vigilancia penitenciaria rechaza la petición, puede fijar un plazo de seis meses antes de que el penado vuelva a plantearla. Ese plazo admite una prórroga hasta un año mediante resolución motivada (art. 90.7 CP). Entretanto, el auto denegatorio puede recurrirse en reforma y en apelación.
¿Necesita el penado un trabajo fuera para salir en libertad condicional?
El Código Penal no exige un contrato de trabajo como requisito. El expediente sí debe recoger el trabajo o medio de vida del penado al salir. Si no lo tiene, los servicios sociales informan sobre sus posibilidades de empleo (art. 195.h del Reglamento Penitenciario). Un trabajo acreditado refuerza el pronóstico favorable.
¿Un preso extranjero puede disfrutar la libertad condicional en su país?
Sí. El artículo 197 del Reglamento Penitenciario permite al extranjero no residente legalmente en España disfrutar la libertad condicional en su país de residencia. Necesita su conformidad documentada y la autorización del juez. Suele ser preferible a la expulsión sustitutiva, que conlleva una prohibición de regreso de cinco a diez años.
¿Sabéis si le conviene pedirla o seguir en tercer grado?
¿Necesita un abogado penalista en derecho penitenciario para la libertad condicional?
La libertad condicional se gana o se pierde en el expediente. Cuentan la liquidación correcta, la prueba de la conducta y del arraigo y un escrito que obligue al juez a razonar sobre lo aportado. Un abogado penalista en derecho penitenciario revisa las fechas, prepara la documentación y valora si conviene pedirla o seguir en tercer grado.
En el despacho estudiamos cada caso con la liquidación de condena delante, y la familia conoce desde el principio los riesgos de la suspensión.
Si su familiar se acerca a las tres cuartas partes de la condena o le han denegado la libertad condicional, puede contar con un abogado experto en derecho penitenciario. Encontrará más información en nuestra página de abogado de libertad condicional en Madrid. Para exponer el caso, solicite una consulta y le indicaremos qué documentación reunir.
Artículo redactado por Víctor Ávila Martínez, abogado penalista, colegiado nº 141230 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.
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