Defensa penal y asesoramiento en delitos informáticos, ciberdelitos, estafas online, phishing, sextorsión y hacking. Abogado penalista en Madrid con experiencia en ciberdelincuencia.
Los delitos informáticos son acciones ilegales cometidas mediante ordenadores, redes o dispositivos electrónicos, o dirigidas contra sistemas y datos digitales. Tras la reforma de 2015, el Código Penal español regula estas conductas dentro de un marco legal cada vez más relevante, con especial referencia a los artículos 197 a 201, y abarca desde la estafa informática (art. 248.2 CP) hasta el descubrimiento y revelación de secretos (art. 197 CP).
Si buscas un abogado de delitos informáticos, Víctor Ávila es abogado penalista en Madrid y está especializado en ciberdelitos, con defensa penal y asesoramiento en investigaciones, acusaciones y denuncias por estafas online, phishing, sextorsión, hacking y otros ataques que afectan a personas y empresas en España. En esta página encontrarás qué conductas castiga la ley, qué penas pueden imponerse, cómo conservar la prueba digital, qué estrategias de defensa suelen plantearse y qué pasos conviene dar si te investigan o te han denunciado.
La intervención temprana en estos casos es clave: la prueba digital es volátil, los registros en cuentas, redes y dispositivos pueden perderse o alterarse, y una mala actuación inicial puede complicar seriamente la defensa. Por eso, contar con asesoría penal especializada desde el primer momento puede marcar la diferencia en la protección de tus derechos, tu patrimonio y tu futuro.
Son todas aquellas infracciones penales en las que la tecnología es el medio para cometer el delito (como en las conductas de suplantación con uso no autorizado de la identidad ajena para cometer fraudes) o el objeto del ataque, e incluso el instrumento empleado para el acceso ilícito a sistemas, como ocurre con el robo de contraseñas o el espionaje industrial. Su crecimiento exponencial los ha convertido en uno de los ámbitos de mayor litigiosidad penal.
Necesitas un abogado especialista en ciberdelitos si necesitas asistencia según el tipo de ataque o investigación y te encuentras en alguna de estas situaciones:
Los ciberdelitos presentan una particularidad crítica: la prueba digital es volátil. Una intervención legal rápida puede ayudar a minimizar el problema, preservar las evidencias digitales de descargo y preparar la defensa con pruebas electrónicas válidas. Si no se conserva correctamente desde el primer momento, puede perderse o ser inadmisible en juicio.
Si te han denunciado o te investigan por un ciberdelito, estos son los pasos a seguir:
Capturas de pantalla, correos electrónicos, URLs, conversaciones, logs del sistema: pueden ser tu mejor prueba de descargo. No borres ni modifiques nada; borrar datos puede agravar tu situación.
La Unidad de Investigación Tecnológica (UIT) de la Policía y el Grupo de Delitos Telemáticos (GDT) de la Guardia Civil son los cuerpos especializados que investigan estos delitos. Si te citan o te detienen, tienes derecho a no declarar y a hacerlo solo con abogado, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Un abogado de ciberdelitos revisará el atestado, la forma en que se obtuvo la prueba digital, cómo preservar las pruebas digitales que te favorecen para aportarlas como evidencia válida y la estrategia procesal antes de cualquier declaración.
Intervención de dispositivos, bloqueo de cuentas o retirada de contenidos: la defensa puede recurrir las medidas que se adopten contra ti si no están justificadas.
Como abogados expertos en delitos informáticos, actuamos en la defensa de personas investigadas o acusadas, aportando soluciones jurídicas precisas con un enfoque de especialistas.
Entre los supuestos más habituales de esta clase de conductas se incluyen el fraude y el ciberacoso:
Suplantación de identidad digital para obtener datos de tarjetas bancarias o credenciales, en estafas online y casos de phishing que buscan obtener información confidencial. Art. 249.1 CP.
Acceso no autorizado a sistemas informáticos, interceptación de datos mediante hackeos que comprometen la seguridad de sistemas y datos. Art. 197 bis CP. Puede perjudicar gravemente a empresas y afectar al normal funcionamiento del negocio.
Secuestro de información mediante cifrado, con amenazas de publicar o destruir los datos y extorsión para su liberación, normalmente a través de malware cuyo objetivo es forzar el pago de un rescate económico para recuperar el acceso. Su difusión también puede causar daños directos en datos o en soportes físicos. Art. 243 y 264 CP.
Creación de perfiles falsos, usurpación de identidad digital. Art. 401 CP y, si se usa la imagen de otra persona para abrir perfiles falsos que le causen acoso, art. 172 ter.5 CP.
Difusión sin consentimiento de imágenes íntimas, grooming, acoso sexual online y supuestos de ciberacoso sexual sobre menores a través de plataformas digitales, entendido como acoso o abuso sexual contra menores en entornos digitales. Art. 197.7 y 183 CP.
Amenazas, coacciones e injurias a través de redes sociales e internet. Art. 169, 172 ter CP.
La prueba digital es el eje de cualquier procedimiento por ciberdelito. Su validez depende de que se haya respetado la cadena de custodia digital: desde la obtención del dispositivo durante la instrucción hasta el análisis forense. Si la extracción de datos se realizó sin autorización judicial, sin las garantías procesales o con una herramienta no homologada, la prueba puede ser declarada nula, lo que puede llevar al archivo de la causa.
En los delitos informáticos, la identificación del autor se basa frecuentemente en la dirección IP. Sin embargo, una IP no identifica de forma inequívoca a una persona: puede haber sido utilizada por terceros (WiFi abierta, VPN, red Tor, malware). La defensa debe cuestionar la atribución automática de responsabilidad basada exclusivamente en la IP.
Solicitar un contrainforme pericial informático es fundamental para verificar las conclusiones del peritaje de la acusación. El perito de la defensa puede detectar errores en la extracción de datos, alteraciones de metadatos o inconsistencias en el análisis forense digital.
Muchas personas son acusadas de estafa informática cuando en realidad son víctimas de ingeniería social o han sido utilizadas como mulas bancarias, recibiendo transferencias en su cuenta del banco sin conocimiento de la operación fraudulenta. La defensa debe acreditar que el acusado desconocía el carácter ilícito de la operación.
Los plazos de prescripción en delitos informáticos varían según la pena del tipo concreto. La estafa informática básica prescribe a los 5 años; el acceso ilícito a sistemas, a los 5 años; la revelación de secretos, a los 5 años. Calcular correctamente el dies a quo puede ser determinante para la defensa.
Los ciberdelitos presentan problemas frecuentes de competencia territorial: el autor puede estar en un país, el servidor en otro y la víctima en un tercero. La defensa puede cuestionar la jurisdicción del tribunal que conoce del caso, especialmente cuando el presunto autor reside fuera de España.
Si te han denunciado o estás siendo investigado por un ciberdelito, estas son las pautas fundamentales, que conviene seguir desde la primera vez que recibes la denuncia o detectas la investigación:
Es cualquier conducta delictiva en la que la tecnología es el medio para cometer el delito (estafas online, phishing) o el objeto del ataque (hacking, ransomware). El Código Penal no tiene un título específico de «delitos informáticos»; se distribuyen en varios capítulos según el bien jurídico afectado.
Sí. La condena incluye la responsabilidad civil derivada del delito: devolver las cantidades defraudadas con sus intereses y reparar los daños materiales y morales. Reparar o reducir el daño antes del juicio oral puede apreciarse como atenuante (art. 21.5 CP) y rebajar la pena.
Los plazos de prescripción varían: estafa informática (5 años), revelación de secretos (5 años), acceso ilícito (5 años), injurias online (1 año). Si el delito ha prescrito, la defensa puede pedir el archivo de la causa; por eso conviene revisar las fechas desde el primer momento.
Todo lo que respalde tu versión: capturas de pantalla, conversaciones completas de WhatsApp y redes sociales, emails con cabeceras técnicas, extractos bancarios, registros de acceso y quién más usaba tus dispositivos o tu conexión. No modifiques ni borres nada: la autenticidad de la prueba digital es fundamental.
Los delitos informáticos requieren un conocimiento técnico específico que combina Derecho Penal, tecnología y prueba digital forense. Un abogado generalista puede desconocer las particularidades de la cadena de custodia digital, los criterios jurisprudenciales sobre la dirección IP como prueba o las últimas tipologías de ciberdelincuencia.
Los principales son la estafa informática (art. 249 del Código Penal), los daños o sabotaje de sistemas y datos (arts. 264 y siguientes), el descubrimiento y revelación de secretos mediante el acceso a dispositivos o cuentas ajenas (art. 197), la suplantación de identidad (art. 401) los delitos de pornografía infantil en la red (art. 189) y los delitos contra la propiedad intelectual cometidos en internet (art. 270). Cada figura tiene sus propios elementos y penas.
La estafa informática se castiga en el artículo 249 del Código Penal, tras la reforma de la Ley Orgánica 14/2022, con prisión de seis meses a tres años. Cuando la cantidad defraudada supera determinados umbrales o concurren agravantes (art. 250), la pena puede elevarse hasta seis u ocho años.
Sí. El acceso ilícito a un sistema de información vulnerando sus medidas de seguridad, o mantenerse en él contra la voluntad de quien tiene derecho a excluirlo, se castiga en el artículo 197 bis del Código Penal, dentro de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos.
Sí. Los daños informáticos (borrar, alterar, dañar o suprimir datos, programas o documentos electrónicos ajenos, u obstaculizar el funcionamiento de un sistema informático) se castigan en los artículos 264 y siguientes del Código Penal. Ataques como el ransomware encajan en estas conductas.
Los ciberdelitos exigen un perfil de abogado penalista que combine el conocimiento jurídico con la comprensión tecnológica. Estos profesionales actúan como especialistas, con conocimientos jurídicos penales y competencias técnicas en el entorno digital. La prueba digital, la cadena de custodia electrónica, los peritajes informáticos forenses y la cooperación internacional en materia de ciberdelincuencia requieren una especialización que no todos los despachos pueden ofrecer.
En nuestro despacho, el equipo trabaja con peritos informáticos especializados, con especial atención a la cadena de custodia, para analizar la prueba digital y construir una defensa sólida, lo que refuerza la validez de la prueba y mejora la estrategia defensiva. Conocemos la práctica de la Unidad de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional y la jurisprudencia más reciente en materia de prueba digital.
Si te acusan de estafa online, phishing o suplantación de identidad, o necesitas defensa frente a fraudes y hackeos, contacta con nuestro despacho de abogados penalistas en Madrid. Evaluaremos la trazabilidad de las conexiones y diseñaremos una estrategia de defensa a medida.
Opiniones reales de clientes del despacho tras contratar nuestros servicios como abogados penalistas en Madrid.
«No hay nada tan angustioso como ser acusado siendo inocente. No puedo dejar de recomendar a Víctor, que es un gran profesional. Tiene mucha paciencia, sensibilidad y es cercano.»
«Es un abogado serio, profesional y atento, que transmite confianza y explica las cosas con claridad. Estoy muy satisfecho con el trato recibido y con el resultado.»
«Demuestra un gran conocimiento, es resolutivo y muy eficaz en su labor. Gracias a su esfuerzo y estrategia logramos un resultado excelente en mi caso. Un trato impecable y 100 % profesional.»
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