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En España, cada vez más personas se enfrentan a procesos penales por delitos de tráfico de drogas, incluso cuando la intención real nunca fue vender, sino consumir en grupo. Este tipo de situaciones han dado lugar al desarrollo de una figura jurídica específica: el consumo compartido de drogas.

Según el Observatorio Español de las Drogas y las Adicciones, más del 26% de los jóvenes entre 14 y 18 años ha consumido cannabis alguna vez en su vida, y el 15,6% lo ha hecho en el último mes. Este dato revela una realidad social extendida que, en muchos casos, deriva en problemas legales.

¿Qué es el consumo compartido de drogas y cuándo no es delito?

¿Qué se entiende por consumo compartido de drogas según la ley?

El consumo compartido de drogas no está recogido expresamente en el Código Penal, pero ha sido ampliamente desarrollado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Se trata de una figura que agrupa conductas en las que varias personas adquieren y consumen conjuntamente una sustancia estupefaciente, sin intención de promover ni facilitar su consumo a terceros.

La clave está en que no exista riesgo para la salud pública, bien jurídico protegido por el artículo 368 del Código Penal. Si el acto no implica difusión ni ánimo de tráfico, puede considerarse atípico, es decir, no delictivo.

¿Cuándo no es delito el consumo compartido de drogas?

El Tribunal Supremo ha manifestado en múltiples sentencias que, para que el consumo compartido de drogas no sea delito, deben concurrir ciertos requisitos:

  • Que todos los participantes sean consumidores habituales o adictos, aunque se ha flexibilizado este criterio.
  • Que se trate de un grupo reducido y determinado, sin acceso a terceros.
  • Que el consumo se realice en un lugar cerrado (vivienda, local privado, etc.).
  • Que la cantidad de droga sea reducida y destinada al consumo inmediato.

Si estos elementos están presentes, la conducta no colma los requisitos del tipo penal y, por tanto, no hay delito.

¿Deben ser todos los consumidores adictos o drogodependientes?

Durante años, se exigió que todos los consumidores fueran adictos para excluir el ánimo de difusión. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha confirmado que esa exigencia no es necesaria. Lo relevante es que:

“La conducta no entrañe riesgo para la salud pública ni finalidad de promover el consumo.”

Esto abre la puerta a excluir la tipicidad en casos donde los consumidores son ocasionales, como en consumos de fin de semana entre amigos.

 

¿Qué conductas sí podrían considerarse tráfico de drogas?

No basta con alegar que la droga era para consumo compartido. La presencia de ciertos elementos puede llevar al juez a presumir ánimo de tráfico:

  • Cantidades elevadas o superiores a las consideradas de autoconsumo.
  • Tenencia de básculas, bolsitas, listados o dinero fraccionado.
  • Inexistencia de pruebas que acrediten el consumo conjunto o la cofinanciación.

Por eso, es fundamental contar con un abogado penalista especialista en tráfico de drogas que sepa enfocar la defensa desde el primer momento.

¿Te han denunciado por un delito de tráfico de drogas y se trata de consumo compartido de drogas?

Dos personas consumiendo cocaína en un entorno cerrado, con líneas de polvo blanco, dinero en efectivo y bebida alcohólica sobre una mesa, ilustrando el concepto de consumo compartido de drogas.

El delito contra la salud pública en el Código Penal español

¿Qué castiga el delito contra la salud pública?

El artículo 368 del Código Penal castiga a quienes cultiven, elaboren, trafiquen, promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas. La pena puede ser de 3 a 6 años de prisión, más multa, y puede agravarse en función de la cantidad, el tipo de droga o la pertenencia a grupos organizados.

¿Qué diferencia hay entre consumo propio, consumo compartido de drogas y tráfico?

  • Autoconsumo: no es delito si la cantidad está destinada al consumo personal.
  • Consumo compartido de drogas: tampoco es delito si cumple los requisitos jurisprudenciales.
  • Tráfico de drogas: implica ánimo de distribución o facilitación a terceros.

Determinar la finalidad real de la tenencia es esencial. El papel del abogado defensor será demostrar que no existe ese ánimo de tráfico.

 

¿Qué criterios se usan para presumir tráfico de drogas?

La jurisprudencia aplica el Acuerdo no jurisdiccional del TS de 3 de febrero de 2005, que fija las dosis máximas por consumidor para 5 días. Por ejemplo:

  • Marihuana: 100 gramos
  • Cocaína: 7,5 gramos
  • Heroína: 3 gramos

Superar estas cantidades no implica automáticamente delito, pero puede generar una presunción que el abogado deberá rebatir.

Lee nuestro artículo completo sobre las cantidad máximas permitidas sorbe el autoconsumo de drogas para evitar la condena por un delito contra la salud pública, pulsando aquí.

¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre estas conductas?

El Tribunal ha insistido en que la existencia de cofinanciación, la relación entre los partícipes y la finalidad común de consumo inmediato excluyen la tipicidad penal. En palabras del TS:

Cita“El consumo compartido es una modalidad de autoconsumo no punible, siempre que no exista difusión hacia terceros.”

 

¿Qué penas se aplican por delitos de tráfico de drogas?

¿Qué pena conlleva el tráfico de drogas?

El tráfico de drogas se sanciona con:

  • 3 a 6 años de prisión (penas básicas).
  • Hasta 9 años si concurren agravantes (art. 369 CP).
  • Multas por el valor económico estimado de la droga intervenida.

Estas penas pueden agravarse aún más si hay organización criminal, reincidencia o menores implicados.

 

¿Qué pasa si se demuestra que era un consumo compartido de drogas?

Si el abogado logra acreditar que se trataba de un acto de consumo compartido, la conducta resulta atípica. Esto significa que el proceso puede terminar en:

  • Archivo de las actuaciones
  • Sobreseimiento
  • Absolución en juicio oral

 

¿Cómo se puede demostrar que no era tráfico?

Las siguientes pruebas pueden ser decisivas:

  • Testigos que confirmen la cofinanciación y el destino del consumo.
  • Chats, mensajes, transferencias o pagos grupales.
  • La declaración del propio acusado, coherente y corroborada.

Un abogado penalista experto en delitos contra la salud pública sabrá cómo presentar estas pruebas de forma estratégica.

¿Puede un abogado penalista evitar la condena por tráfico?

Sí. Un abogado penalista especialista en tráfico de drogas puede:

  • Solicitar diligencias de prueba desde la instrucción.
  • Argumentar jurídicamente la atipicidad del hecho.
  • Desmontar indicios de preordenación al tráfico.

La diferencia entre una condena y una absolución puede estar en los primeros pasos del procedimiento.

 

¿Buscas un abogado especialista en delitos contra la salud pública?

Miembros de una asociación cannábica en un local cerrado, compartiendo cannabis entre amigos, con frascos etiquetados y ambiente relajado, reflejando el consumo compartido sin ánimo de lucro.

¿Son legales las asociaciones dedicadas al consumo compartido de drogas?

¿Son legales las asociaciones de cannabis? ¿Encajan en el consumo compartido de drogas?

Las llamadas asociaciones cannábicas o clubes sociales de cannabis han proliferado en distintas comunidades autónomas, especialmente en Cataluña y el País Vasco. Aunque algunas operan de forma discreta, muchas han sido objeto de procesos penales por tráfico de drogas, alegando como defensa el consumo compartido de drogas entre sus socios.

El Tribunal Supremo ha reiterado en varias ocasiones que este tipo de asociaciones no encajan dentro de la doctrina del consumo compartido cuando:

  • Tienen estructura organizativa estable y abierta a nuevos miembros.
  • Distribuyen cantidades a personas que no son consumidores determinados desde el inicio.
  • Se produce una actividad sistemática de suministro, que supera el carácter íntimo, privado y puntual del consumo colectivo.

En otras palabras, si la asociación actúa como un sistema de distribución encubierto, aunque sea sin ánimo de lucro, puede ser considerada como tráfico de drogas y sus responsables condenados.

Así lo ha dejado claro el Tribunal Supremo en sentencias como la STS, de 7 de septiembre de 2016, donde revocó una absolución al considerar que la actividad de la asociación excedía ampliamente los parámetros del consumo compartido, al contar con más de 2.000 socios, organización estable y distribución habitual de cannabis. Igualmente, en la STS de 17 de octubre de 2018, el Alto Tribunal insistió en que este tipo de estructuras institucionalizadas conllevan riesgo para la salud pública, lo que impide aplicar la eximente del autoconsumo colectivo.

¿Existen excepciones en las que una asociación de cannabis no cometa delito?

Aunque el Tribunal Supremo ha dejado claro que muchas asociaciones cannábicas no pueden acogerse a la doctrina del consumo compartido de drogas, existen casos excepcionales en los que la actividad no se considera delito, siempre que se cumplan ciertos criterios muy estrictos.

En estos supuestos, la jurisprudencia ha reconocido que no hay responsabilidad penal cuando se demuestra que:

  • El grupo de consumidores es reducido, cerrado y con relaciones personales de confianza.
  • La marihuana se cultiva, adquiere o almacena únicamente para el consumo personal de los socios, sin posibilidad de acceso para terceros.
  • No existe ánimo de lucro ni intención de difundir el consumo más allá del grupo.

Cuando se cumplen estas condiciones, el Tribunal Supremo ha admitido que la conducta puede asimilarse al autoconsumo colectivo, una figura que no está castigada penalmente. Eso sí: no deja de ser una conducta ilícita desde el punto de vista administrativo, y puede dar lugar a sanciones o cierre de locales.

Por eso, si formas parte de una asociación o estás implicado en una causa penal relacionada, contar con un abogado penalista especialista en delitos contra la salud pública es fundamental para demostrar que se trata de un consumo privado y no de una actividad de distribución encubierta.

Dudas frecuentes sobre el consumo compartido de drogas

¿Es delito compartir droga con amigos en una fiesta privada?

No necesariamente. Si todos los asistentes eran consumidores, pusieron dinero y la droga era para consumo inmediato, no hay delito. Pero debe probarse bien.

¿Qué pasa si me pillan con droga comprada entre varios?

Dependerá de las pruebas. Si acreditas que fue una compra conjunta para consumo inmediato, no se te puede condenar por tráfico.

¿Puedo ir a prisión si la droga era para consumo compartido?

Sí, si no se demuestra adecuadamente. Por eso es tan importante contar con un abogado defensor con experiencia en este tipo de delitos.

¿Qué pruebas necesita mi abogado defensor para demostrar que no era tráfico?

Chats, transferencias, testigos, coartadas, relación entre los implicados, y cualquier otro elemento que refuerce la tesis del consumo compartido.

¿Cómo puede ayudarte un abogado penalista experto en tráfico de drogas?

¿Te acusan por delito de tráfico de drogas por consumo compartido?
Tienes que saber que el procedimiento penal es complejo, técnico y lleno de riesgos. Contar desde el principio con un abogado defensor especializado en delitos contra la salud pública puede marcar la diferencia entre la absolución y una condena injusta.

Como abogados penalistas expertos en tráfico de drogas, podemos ayudarte a demostrar que no había ánimo de tráfico, sino que la droga estaba destinada al consumo compartido, dentro de los límites marcados por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Podemos ayudarte si:

  • Has sido detenido en posesión de droga y alegas que era para consumo compartido.
  • La Policía te atribuye tráfico por la cantidad de sustancia o por objetos intervenidos, pero no hay pruebas de venta.
  • Formas parte de una asociación de cannabis y te acusan de favorecer el consumo ilegal.
  • Necesitas asistencia legal inmediata en comisaría o en el juzgado.

¿Qué haremos por ti como abogado defensor?

  • Estudiaremos tu caso a fondo y diseñaremos una estrategia jurídica basada en la atipicidad del hecho.
  • Te defenderemos desde la fase de instrucción hasta el juicio oral, con argumentos sólidos, doctrina actualizada y jurisprudencia favorable.
  • Presentaremos pruebas, testigos y todo lo necesario para acreditar el consumo compartido y desmontar la acusación de tráfico.
  • Te asesoraremos personalmente en cada paso del proceso para que estés preparado, informado y protegido.

No dejes tu futuro en manos de la improvisación. Si estás implicado en un procedimiento penal relacionado con drogas, actúa rápido y con la ayuda adecuada.

Contacta ahora con un abogado defensor experto en tráfico de drogas. La diferencia empieza por tomar la decisión correcta a tiempo.

Soy Víctor Ávila, abogado penalista, y quiero ayudarte.

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