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Te han detenido? ¿Has recibido una llamada inesperada informándote de una denuncia?

Si estás aquí, es porque te enfrentas a una situación compleja que puede cambiar tu vida. Entender cuándo se puede detener a una persona en España no solo es una cuestión jurídica. Es también una herramienta para proteger tu libertad, tu dignidad y tus derechos.

En este artículo, vas a descubrir todo lo que necesitas saber sobre las detenciones en España. Te lo explico como abogado penalista con amplia experiencia en procedimientos penales, especializado en detenciones y asistencia al detenido 24 horas, con base en Plaza Castilla, Madrid. Pero este contenido no es sobre mí, sino sobre ti: sobre cómo actuar, qué hacer, y qué nunca permitir.

¿Qué significa ser detenido?

Ser detenido implica una privación de libertad por parte de la policía o de cualquier autoridad autorizada por ley. No hay zonas grises: si no puedes moverte libremente, estás detenido. Esto, además de ser una situación impactante emocionalmente, activa de inmediato un conjunto de derechos que deben respetarse de forma estricta.

El artículo 17 de la Constitución Española establece que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Y que la detención solo puede practicarse en los casos y en la forma prevista por la ley.

Cuándo se puede detener a una persona: casos contemplados en la Ley

La ley no deja lugar a dudas. Existen supuestos concretos en los que una persona puede ser detenida legalmente. Aquí los tienes, con la claridad que necesitas ahora.

Detención in fraganti

Si alguien es sorprendido cometiendo un delito o intentándolo, cualquier ciudadano puede detenerlo. Pero, en la práctica, es la Policía Judicial quien suele intervenir en estos casos. Este tipo de detención se da, por ejemplo, cuando alguien es visto robando, agrediendo o traficando con drogas en plena calle.

Por orden judicial: requisitorias y búsqueda

Una persona puede ser detenida si tiene una orden de busca y captura dictada por un juzgado. Esto puede ocurrir por no comparecer a un juicio, quebrantar una medida judicial (como una orden de alejamiento), o estar en situación de rebeldía procesal.

En estos casos, la Policía tiene la obligación de detener y presentar a la persona ante el juez que emitió la orden.

Cuando existen indicios racionales de delito

Aunque no haya flagrancia ni orden judicial, la Policía puede detener si existen motivos suficientes para pensar que alguien ha cometido un delito. Es decir, si los agentes tienen pruebas objetivas (testigos, grabaciones, declaraciones, hallazgos…), pueden detener a la persona como presunto autor para investigarla.

Esto es clave: no hace falta que el delito esté probado, basta con que haya indicios fundados y objetivos.

Procesados con riesgo de fuga

Si una persona ya está procesada y hay riesgo de que no comparezca ante el juez, puede ser detenida preventivamente. Esto ocurre cuando:

  • Tiene antecedentes penales.
  • No tiene domicilio conocido.
  • Se esconde o intenta huir.
  • No atiende a las citaciones judiciales.

Por delitos graves o con violencia

En casos como violencia de género, agresiones, amenazas graves o delitos sexuales, la detención inmediata es lo habitual. Especialmente cuando hay una denuncia, lesiones visibles, testigos o riesgo para la víctima.

Si has sido detenido por violencia de género en Plaza Castilla, necesitas asistencia urgente. Este tipo de procedimientos se tramita con especial velocidad y requiere una defensa penal técnica desde el minuto uno.

 

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Abogado penalista asesorando a una persona detenida durante su declaración en dependencias policiales

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¿Quién puede detener legalmente a una persona en España?

La capacidad para detener no es exclusiva de la Policía. La Ley prevé dos grandes grupos:

Cualquier persona puede detener a otra (detención ciudadana) 

El artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento permite que cualquier ciudadano puede detener a otro, pero solo en los siguientes casos muy concretos:

  • Cuando alguien está cometiendo un delito o ha sido sorprendido in fraganti.
  • Si alguien se ha fugado de prisión o custodia policial.
  • Si el sujeto está procesado o condenado y ha sido declarado en rebeldía.

Importante: quien practique esta detención debe entregar inmediatamente al detenido a la Policía Judicial (art. 495 LECrim).

La Autoridad o policía Judicial

El artículo 492 LECrim establece que los agentes de la Policía Judicial (CNP, Guardia Civil, Mossos, Ertzaintza, y unidades habilitadas) tienen la obligación de detener:

  • A cualquiera que esté en los casos del art. 490.
  • A los procesados por delitos graves (penas superiores a 3 años).
  • A personas con riesgo de fuga, antecedentes, o sin domicilio conocido.
  • A quienes haya motivos racionales para creer que han cometido un delito, incluso sin procesamiento previo.

Otros supuestos habilitados 

  • Agentes encubiertos (art. 282 bis LECrim), autorizados judicialmente.
  • Ministerio Fiscal, en casos concretos puede instar detenciones cautelares, con control judicial inmediato.
  • Ministerio del Interior / Secretario de Estado, excepcionalmente en casos urgentes de terrorismo (art. 588 ter d.3 LECrim).
  • Policías Locales o Municipales, cuando actúan como agentes de la autoridad y observan delito flagrante o colaboran con Policía Judicial.

Abogado detenidos por tráfico de drogas

Abogado defensor y cliente frente a los juzgados de Plaza Castilla tras declarar por una detención policial

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Derechos del detenido: lo que la Policía no puede saltarse

Cuando te detienen, no estás solo ante el sistema. La ley te protege, incluso si la policía no siempre actúa como debería. Es fundamental que conozcas tus derechos como detenido, para poder ejercerlos desde el primer momento.

Derecho a ser informado de los motivos de tu detención

No pueden detenerte sin decirte por qué. Tienen que explicarte, de forma clara y comprensible, el motivo legal de la detención. No basta con frases genéricas. Si esto no ocurre, la detención puede ser ilegal.

Derecho a guardar silencio

Nadie está obligado a declarar. Puedes decir que no vas a responder a ninguna pregunta. De hecho, si no tienes abogado en ese momento, lo mejor es no declarar absolutamente nada. Lo que digas puede ser utilizado en tu contra.

Derecho a asistencia letrada desde el primer momento

Debes tener acceso a un abogado antes de declarar o autorizar cualquier registro. Si no tienes abogado de confianza, te asignarán uno del turno de oficio. Pero puedes solicitar el cambio o avisar a tu abogado personal.

 Importante: si consientes un registro en tu domicilio sin abogado, ese consentimiento no tiene validez legal. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo.

Derecho a comunicarte con un familiar o persona de confianza

Puedes avisar a quien tú elijas. No te pueden impedir comunicarte, salvo en casos excepcionales de terrorismo o crimen organizado. Este derecho incluye, por ejemplo, informar a tu pareja o a tu abogado particular de tu situación.

Derecho a un intérprete

Si no hablas bien español o tienes discapacidad auditiva, la Policía debe facilitarte un intérprete. La falta de este derecho vicia cualquier declaración que se tome sin garantías lingüísticas.

Estos derechos están recogidos en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y son de obligado cumplimiento inmediato desde que se practica la detención.

¿Se puede detener a una persona por negarse a mostrar el DNI?

Policía judicial accediendo a domicilio con autorización legal en presencia del abogado defensor del detenido

Abogado asistencia al detenido por violencia de género

¿Cuánto tiempo puede durar una detención?

Aquí hay una respuesta clara, pero no siempre respetada por las autoridades. Por eso necesitas saberlo tú, para que no vulneren tu libertad.

El plazo general para detener a una persona: 72 horas

Según la Constitución Española (art. 17.2 CE) y el artículo 520 de la LECrim, la detención no puede superar las 72 horas desde el momento en que eres privado de libertad.

  • Dentro de ese plazo, deben ponerte en libertad o presentarte ante el juez.
  • No hay excusas administrativas ni retrasos válidos. 72 horas es el máximo legal.

La detención solo puede durar el tiempo estrictamente necesario para la práctica de diligencias policiales. Y en ningún caso puede superar las 72 horas desde que se produce la privación de libertad, independientemente de si el detenido está en comisaría, en traslado o en espera de pasar ante el juez.

El Tribunal Constitucional considera que la puesta a disposición se entiende como un acto que no debe generar tiempos intermedios no computables. Es decir, no hay una fase gris entre detención policial y judicial: el tiempo sigue corriendo.

Prórroga en casos especiales: hasta 120 horas

En casos de terrorismo o crimen organizado, la ley permite una prórroga de 48 horas más, siempre con autorización judicial expresa.

Esto eleva el plazo total a 5 días (120 horas), pero solo puede aplicarse si un juez lo autoriza mediante auto motivado.

¿Qué pasa si superan el plazo?

Estar más de 72 horas detenido sin comparecer ante un juez constituye detención ilegal. En ese caso, puedes solicitar un procedimiento de habeas corpus, que obliga al juez a revisar la legalidad de tu privación de libertad.

Este derecho ha sido reforzado por el Tribunal Constitucional considerando nulas las detenciones por falta de acceso a las actuaciones o por no informar correctamente al detenido.

Puesta a disposición judicial

El artículo 496 LECrim establece que el juez o tribunal a quien se entregue el detenido deberá elevar la detención a prisión o dejarla sin efecto en el término de 24 horas a contar desde que el detenido le hubiera sido entregado.

  • Una vez que el detenido ya ha sido puesto a disposición judicial, el juez tiene 24 horas para decidir entre:

Este plazo es interno del juzgado, y no amplía ni sustituye el de 72 horas.
El plazo de detención se mantiene en 72 horas desde el momento inicial de la privación de libertad, sin interrupciones.

¿Han detenido a un familiar y necesitas un abogado penalista en Plaza Castilla?

Cliente detenido por violencia de género acompañado de su abogado penal en los juzgados de Plaza Castilla

Abogado Plaza Castilla asistencia detenido 24 horas

¿Qué hacer si te detienen? Guía rápida paso a paso

La mayoría de personas que sufren una detención no tienen experiencia previa en el sistema penal. Y eso genera miedo, desorientación y, sobre todo, errores. Aquí tienes una guía práctica, paso a paso, con lo que debes hacer (y evitar) desde el minuto uno:

Mantén la calma

Puede parecer obvio, pero en los primeros segundos tras una detención, la adrenalina y el pánico toman el control. Respira. No grites, no discutas, no empujes a los agentes. Todo eso puede complicar mucho tu situación legal.

Pregunta por el motivo de tu detención

Tienes derecho a saber por qué te están deteniendo. Pregunta con respeto:

“¿Por qué motivo me están deteniendo?”

Si no te responden o lo hacen de forma vaga, haz constar esa omisión más adelante ante el abogado o el juez.

No declares sin abogado

Ni una sola palabra. Aunque te digan que “colaborar ayuda”, que “solo quieren saber tu versión”… No declares hasta que esté tu abogado. Y cuando esté, consulta con él antes de decir nada. A veces, lo mejor es no declarar en comisaría y hacerlo solo ante el juez.

Solicita tu llamada

Tienes derecho a comunicar tu detención. Puedes llamar a un familiar de confianza o directamente a un abogado. Si estás en Madrid y te detienen en Plaza Castilla, puedes llamar a un familiar tuyo que busque un abogado penalista de confianza y que defienda tus derechos.

Haz valer tus derechos si te trasladan a dependencias policiales

Si te llevan a comisaría “para identificarte” o “hablar”, y no te dejan salir libremente, eso ya es una detención de hecho. Tienes los mismos derechos del artículo 520 LECrim. Así lo ha reconocido el Tribunal Supremo.

¿Cómo te puede ayudar un abogado penalista si te han detenido?

En una detención, cada minuto cuenta. Lo que digas, lo que firmes, incluso lo que calles, puede condicionar el resto del procedimiento penal. Por eso, contar con un abogado defensor especializado en derecho penal no es un lujo, sino una necesidad real.

Un abogado penalista no solo está para acompañarte en comisaría. Está para proteger tus derechos, controlar la legalidad de cada actuación policial, y preparar desde ya tu defensa técnica. Desde revisar la legalidad de la detención, impugnar pruebas obtenidas sin garantías, hasta plantear un habeas corpus o exigir el archivo del caso si procede.

En nuestro despacho ofrecemos un servicio de asistencia al detenido 24 horas porque sabemos lo que te estás jugando. Si te han detenido, si te citan en Plaza Castilla, o si has recibido una denuncia por violencia de género o cualquier otro delito, no estás solo. Lo primero es actuar con inteligencia legal. Y para eso, aquí nos tienes.

Soy Víctor Ávila, abogado penalista, y quiero ayudarte.

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Víctor Ávila Abogado Penalista
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