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¿Puede convertirse en homicidio imprudente un lance del juego? Qué ha pasado con Jesús Owono

Por Víctor Ávila MartínezPublicado el 3 Nov 202611 min de lecturaBLOG
Portero salta con la rodilla levantada contra un delantero en la disputa de un balón aéreo

Puede haberlo, pero el Tribunal Supremo pone un límite estricto. La STS 379/2025 reserva el Derecho penal a las acciones dolosas que salen del lance del juego y deja las imprudencias propias de la disputa a la disciplina deportiva. En el caso de Jesús Owono y Jesús de Miguel, la cuestión decisiva es si el rodillazo fue una disputa del balón o una agresión.

El 2 de noviembre de 2026, en el tiempo añadido del CD Tenerife-FC Andorra de Segunda División, el portero visitante Jesús Owono salió hasta el círculo central para disputar un balón largo. Golpeó con la rodilla en el pecho al delantero Jesús de Miguel, que sufrió una parada cardiorrespiratoria sobre el césped del Heliodoro Rodríguez López.

Jesús de Miguel murió a la mañana siguiente, a los 30 años, según comunicó su club. El caso obliga a responder una pregunta que el fútbol prefiere no hacerse: cuándo una entrada deja de ser un asunto del Comité de Competición y pasa a ser un asunto penal.

¿Qué pasó entre Owono y Jesús de Miguel en el Tenerife-Andorra?

Con el marcador 2-2 y el partido en el descuento, llegó un balón largo hacia Jesús de Miguel. Owono salió de su área, saltó con la rodilla por delante y le golpeó en el pecho. El árbitro lo expulsó por “uso de fuerza excesiva” y suspendió el encuentro. El delantero fue reanimado en el campo y trasladado al hospital.

Según el acta, citada por la prensa, el golpe se produjo “cuando el balón estaba en disputa”. Ese detalle tiene peso jurídico, porque la normativa disciplinaria y la jurisprudencia penal distinguen precisamente entre lo que ocurre disputando la pelota y lo que ocurre al margen de ella.

Las imágenes difundidas añaden matices. En la secuencia de vídeo, la rodilla de Owono ya está levantada antes del contacto. En la fotografía del choque, su guante derecho aparece sobre la cara de De Miguel y la mano izquierda queda abajo, sin buscar el balón.

El FC Andorra sostiene que no hubo mala intención. Según COPE, el portero está muy afectado y quiere disculparse en privado con la familia. A día de hoy no existe ninguna resolución judicial ni disciplinaria, y Owono goza de la presunción de inocencia.

¿Puede haber homicidio imprudente en un partido de fútbol?

El artículo 142 del Código Penal castiga a quien causa la muerte de otro por imprudencia grave o menos grave, y no excluye el deporte. Pero el Tribunal Supremo, en la STS 379/2025, sostiene que la imprudencia surgida dentro del lance del juego tiene respuesta disciplinaria y no penal. El homicidio imprudente en el deporte es, por tanto, una figura discutida.

La sentencia lo dice con estas palabras: “La imprudencia como desvalor de la acción y descuido en la conducta que causa un resultado lesivo y/o dañoso no tiene cabida en el derecho deportivo en la represión penal de estas conductas”.

Ese pasaje tiene un límite que conviene no perder de vista. El asunto que resolvía el Supremo era una agresión dolosa con el juego detenido, de modo que su reflexión sobre la imprudencia no era necesaria para el fallo. Además, se refería a lesiones, no a una muerte. No conozco ninguna sentencia del Tribunal Supremo que resuelva expresamente una muerte causada por imprudencia dentro de un lance del juego.

Para entender los dos grados de culpa del precepto, puede consultarse esta explicación del homicidio imprudente y la diferencia entre imprudencia grave y menos grave. La frontera entre ambos grados tiene consecuencias muy distintas, como se ve en este análisis sobre cómo la calificación de la imprudencia puede evitar el ingreso en prisión.

¿Qué diferencia un lance del juego de una agresión según el Supremo?

Para el Tribunal Supremo, la frontera es la intención del jugador y no el resultado. El lance del juego incluye los choques propios de la disputa deportiva, incluso los excesivos. La agresión es la acción dirigida a lesionar, con dolo directo o eventual, al margen de esa disputa. Solo la agresión pasa al Derecho penal como delito de lesiones.

La STS 379/2025, de 30 de abril, con ponencia del magistrado Vicente Magro Servet, confirmó seis años de prisión para un jugador de una liga de veteranos de Badalona. Tras ser expulsado, el jugador volvió al campo y dio una patada por la espalda a un rival con el partido detenido. La víctima quedó con una lesión medular y un 80 % de discapacidad.

El Supremo fijó dos ideas que sirven para cualquier deporte de contacto. La primera es que el jugador asume el riesgo de lesionarse, no el de ser agredido: “No existe una asunción del riesgo a que otro deportista lesione a otro, si no es por un lance fortuito del juego”.

La segunda es que la intención se deduce de los hechos. Como “la intención no se puede fotografiar”, el tribunal la infiere de la forma de la acción y de cómo se desarrolla el lance. Para eso, la grabación completa es una prueba privilegiada. El dolo que importa puede ser también el dolo eventual: prever como probable la lesión y aceptarla.

¿Fue el rodillazo de Owono un lance del juego o una agresión?

A mi juicio, las imágenes permiten sostener que la acción excedió el lance del juego. Owono llegó con la rodilla levantada antes del contacto y con un guante sobre la cara del rival, mientras la otra mano no buscaba el balón. Lo hizo fuera del área, donde un portero no puede usar las manos, contra un jugador que corría mirando la pelota.

Defiendo esa tesis sabiendo que tiene enfrente argumentos serios. El acta afirma que el balón estaba en disputa y el vídeo muestra la pelota cerca de los dos jugadores en el momento del choque. La defensa sostendrá que levantar la rodilla es la técnica de salto habitual de un portero, y una fotografía capta un solo instante.

La diferencia práctica es enorme. Si se acredita el dolo eventual de lesionar, la muerte no se castigaría como un homicidio imprudente aislado. Se aplicaría la llamada preterintencionalidad: lesiones dolosas por el golpe y homicidio imprudente por el resultado de muerte, que el autor no quería.

El Supremo resuelve estos casos mediante un concurso ideal de delitos. Así lo aplicaron la STS (Sala 2ª) 168/2008, 29 de abril de 2008, y la STS (Sala 2ª) 464/2016, 31 de mayo de 2016, cuando el resultado producido superó el que el autor había aceptado. Las pruebas que decidirán la cuestión son la señal de televisión completa y la ráfaga original del fotógrafo.

¿Qué pena podría tener Owono por la muerte de Jesús de Miguel?

Depende de cómo se califique la acción. Si se considera homicidio por imprudencia grave, la pena es de uno a cuatro años de prisión. Si se aprecia una agresión con dolo eventual de lesionar y la muerte como resultado imprudente, la pena sube a una horquilla de dos años y seis meses a cuatro años. Si la imprudencia es menos grave, solo cabe multa.

Calificación Precepto Pena Observaciones
Homicidio por imprudencia grave art. 142.1 CP Prisión de 1 a 4 años Perseguible de oficio
Imprudencia profesional art. 142.1, último párrafo, CP Inhabilitación especial de 3 a 6 años, además de la prisión Su aplicación a un futbolista es discutible
Homicidio por imprudencia menos grave art. 142.2 CP Multa de 3 a 18 meses Solo perseguible con denuncia del agraviado o de su representante legal
Lesiones dolosas y homicidio imprudente arts. 147.1, 142.1 y 77 CP Prisión de 2 años y 6 meses a 4 años Concurso ideal: pena del delito más grave en su mitad superior
Homicidio doloso art. 138.1 CP Prisión de 10 a 15 años No encaja con los hechos conocidos

La horquilla del concurso ideal importa mucho. Por regla general, una pena de prisión que no supera los dos años puede suspenderse (art. 80 CP). Por encima de ese límite, la suspensión ordinaria no es posible.

A la pena se suma la responsabilidad civil derivada del delito, que incluye la indemnización a la familia. El club puede responder de forma subsidiaria como empleador (art. 120.4 CP). Los criterios de cuantificación se explican en esta guía sobre la indemnización por delito de lesiones.

¿Qué sanción deportiva puede imponer la RFEF a Owono?

La sanción más probable es una suspensión de 4 a 12 partidos por el artículo 102 del Código Disciplinario de la RFEF, que castiga la violencia con ocasión del juego cuando causa consecuencias graves. Si se acreditara un “inequívoco propósito de causar daño”, el artículo 84 permite suspenderle de dos a tres años.

Infracción Precepto (Código Disciplinario RFEF, 3 de marzo de 2026) Sanción
Violencia en el juego con consecuencias graves art. 102 4 a 12 partidos
Agresión con lesión que causa baja art. 103.2 6 a 15 partidos
Agresión con inequívoco propósito de causar daño y lesión de especial gravedad art. 84.1 Suspensión de 2 a 3 años

El acta arbitral se presume cierta en los hechos relacionados con el juego, salvo error material manifiesto (art. 27.3). Por eso pesa tanto que el árbitro dejara escrito que el balón estaba en disputa.

La vía deportiva y la penal son independientes. El artículo 5 del Código Disciplinario obliga al Comité a comunicar al Ministerio Fiscal los hechos que puedan ser delito.

¿Cómo se investiga un homicidio imprudente ocurrido en un partido?

La muerte de una persona por un traumatismo obliga a intervenir al juzgado de guardia del lugar de los hechos, en este caso Santa Cruz de Tenerife. El juzgado abre diligencias, ordena la autopsia y reúne las grabaciones y los testimonios. La familia puede personarse como acusación particular y el jugador declarará asistido de abogado.

La investigación suele seguir estos pasos:

  1. El hospital comunica la muerte al juzgado y se incoan diligencias previas.
  2. El juzgado ordena la autopsia (art. 343 LECrim), que fijará la causa y el mecanismo de la muerte.
  3. Se piden la señal de televisión, el acta arbitral y las fotografías.
  4. Declaran el árbitro, los jugadores cercanos y los servicios médicos.
  5. Se toma declaración a Owono como investigado.
  6. La familia puede ejercer la acusación particular (art. 110 LECrim). Así lo explica esta guía sobre cómo actúa un abogado penalista cuando has sido víctima de un delito.

La instrucción termina de una de dos formas. Si el juez considera que fue un lance del juego, acordará el sobreseimiento libre o provisional. Si aprecia indicios de delito, abrirá el procedimiento abreviado. Con la pena del homicidio imprudente, el juicio correspondería al Juzgado de lo Penal (art. 14.3 LECrim).

Preguntas frecuentes sobre el homicidio imprudente en el deporte

¿Puede ir a prisión un futbolista por una entrada a un rival?

Un futbolista puede ir a prisión si la entrada fue una agresión dolosa fuera del lance del juego. La STS 379/2025 confirmó seis años para un jugador de veteranos que pateó a un rival con el juego detenido. La entrada fuerte dentro de la disputa del balón, aunque sea excesiva, suele quedar en la sanción deportiva.

¿Una tarjeta roja por fuerza excesiva supone un delito?

Una tarjeta roja no convierte una acción en delito. La expulsión responde a las reglas del fútbol. El delito exige probar, en un proceso penal, la intención de lesionar o una imprudencia penalmente relevante. Aun así, el acta arbitral que describe “fuerza excesiva” es un indicio que el juez puede valorar junto con las imágenes.

¿Cuándo prescribe el homicidio imprudente?

El homicidio por imprudencia grave prescribe a los cinco años (art. 131.1 CP), porque su pena máxima es de cuatro años de prisión. El homicidio por imprudencia menos grave se considera delito leve (art. 13.4 CP) y prescribe al año. Por eso, en ese segundo caso, la denuncia de la familia no admite demoras.

¿Necesita la familia denunciar para que se investigue la muerte?

La familia no necesita denunciar para que se investigue un homicidio por imprudencia grave: el juzgado y la Fiscalía actúan de oficio. El homicidio por imprudencia menos grave solo puede perseguirse con denuncia del agraviado o de su representante legal (art. 142.2 CP). Personarse como acusación particular permite proponer pruebas.

¿Responde el club por la muerte causada por su jugador?

El club puede responder como responsable civil subsidiario de las indemnizaciones si su jugador es condenado, porque el hecho se produce en el ejercicio de su actividad profesional (art. 120.4 CP). La STS 379/2025 extendió esa responsabilidad incluso a la asociación organizadora del torneo de veteranos.

¿Puede la RFEF sancionar antes de que resuelva el juez?

El Comité de Competición puede sancionar sin esperar al juez. El artículo 5 del Código Disciplinario de la RFEF declara independientes la responsabilidad deportiva y la penal. El Comité debe comunicar al Ministerio Fiscal los hechos con apariencia de delito y puede suspender el expediente, aunque no está obligado a hacerlo en todos los casos.

Conclusión

El caso Owono no se resolverá con la tarjeta roja ni con la sanción en partidos. Lo decidirá la respuesta a una pregunta de hecho: si el portero fue a por el balón o fue a por el jugador. La STS 379/2025 marca el camino, y la señal de televisión dirá si se aplica a este caso.

Para una visión general de estos delitos, pueden consultarse la página sobre defensa y acusación en delitos de homicidio y la de delitos de lesiones y agresiones. El texto vigente del Código Penal puede consultarse en el BOE.

Artículo redactado por Víctor Ávila Martínez, abogado penalista, colegiado n.º 141230 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

Publicado el 3 de noviembre de 2026 · Última actualización: 3 de noviembre de 2026

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Víctor Ávila Martínez
Autor
Víctor Ávila Martínez

Abogado penalista en Madrid (Graduado en Derecho y ADE con Máster de Acceso a la Abogacía), experto en procedimientos complejos y técnicos en Derecho Penal. Cuenta con títulos como el Curso de Derecho Penal Avanzado impartido por magistrados del Tribunal Supremo en el Iltre. Colegio de Abogacía de Madrid.

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